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Anexo de Operaciones con Partes Relacionadas del Exterior (OPRE)

La Resolución NAC-DGERCGC09-00286 señala que los contribuyentes que hayan efectuado operaciones con partes relacionadas domiciliadas en el exterior, dentro de un mismo período fiscal en un monto acumulado superior a tres millones de dólares (USD 3.000.000), deben presentar el Anexo de Operaciones con Partes Relacionadas.

De igual manera, deberán presentar el indicado anexo aquellos contribuyentes que habiendo efectuado operaciones con partes relacionadas domiciliadas en el exterior, dentro de un mismo período fiscal, por un monto acumulado comprendido entre USD 1.000.000 a USD 3.000.000 y cuya proporción del total de operaciones con partes relacionadas en el exterior sobre el total de ingresos, de acuerdo con los casilleros correspondientes del formulario 101 del Impuesto a la Renta, sea superior al 50%.

Aquellos contribuyentes que hayan efectuado operaciones con partes relacionadas domiciliadas en el exterior, dentro de un mismo período fiscal en un monto acumulado superior a cinco millones de dólares (USD 5.000.000), deben presentar adicionalmente al Anexo, el Informe Integral de Precios de Transferencia.

La información se debe entregar en medio magnético y de acuerdo a la ficha técnica establecida para el efecto, según el siguiente calendario: 

Noveno Dígito del RUC o CédulaPersonas Naturales (Año siguiente)Sociedades (Año siguiente)
110 de mayo10 de junio
212 de mayo12 de junio
314 de mayo14 de junio
416 de mayo16 de junio
518 de mayo18 de junio
620 de mayo20 de junio
722 de mayo22 de junio
824 de mayo24 de junio
926 de mayo26 de junio
028 de mayo28 de junio