Información importante para actividades específicas
Centros Comunitarios de Desarrollo Infantil CCDI (Guarderías)
Son sociedades sin fines de lucro y a diferencia de otras clasificadas de la misma manera, estas nacen sin obligaciones tributarias por ser organizaciones de beneficio social reguladas por el INNFA. El documento que acredita la creación de los CCDI es el convenio firmado entre el INNFA y la organización base o junta parroquial, el mismo que deberá ser presentado en original y copia al momento de la inscripción, con los demás requisitos establecidos para una sociedad. También se podrá receptar como documento de creación un certificado emitido por el INNFA que indique: la intención de firmar el convenio, la finalidad única del Centro como guardería o aprendizaje y el representante legal. Si se presenta este certificado, ya no se presentará el nombramiento del representante legal avalado por el INNFA.