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Verificación de valores del IVA

a instituciones del primer inciso del artículo 73 de la Ley de Régimen Tributario Interno

Requisitos

Procedimiento

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legal

Requisitos

 

El ingreso de la solicitud de devolución de impuestos deberá efectuarse a través de los canales presenciales o electrónicos; y, la información se presentará de manera digital.  Aquellos documentos que requieran la suscripción del beneficiario deberán contener la firma electrónica.

 

 

Primera solicitud

 
  • Copia simple del nombramiento, debidamente legalizado del correspondiente Representante Legal.
  • Copia simple de la carta de autorización, en caso de que la solicitud sea presentada por una tercera persona.

 


Requisitos generales

  • Solicitud de verificación de valores del IVA.
  • Carta de certificación y responsabilidad de la información para el ingreso de documentación digital de conformidad con el artículo 5 de la Resolución NAC-DGERCGC16-00000152.
  • Archivo digital* de los comprobantes de venta rechazados por el aplicativo de prevalidación, con sus respectivos comprobantes de retención (únicamente en el caso de comprobantes de venta físicos).
  • Archivo digital de los comprobantes de venta  que sustenten la verificación de valores de boletos aéreos o tiquetes electrónicos, y de comprobantes de venta por reembolso de gastos con sus respectivos respaldos (únicamente en el caso de comprobantes de venta físicos).
  • Archivo digital del listado de comprobantes de venta físicos y electrónicos y/o de las declaraciones aduaneras de importación que sustenten la solicitud, firmado por el representante legal. Adicionalmente se deberá adjuntar el listado en hoja de cálculo de Microsoft Excel u OpenOffice.org calc.
     

    * Archivo digital: Documento escaneado y enviado en formato PDF.

 

Procedimiento

 

Procedimiento
  1. Presentar la solicitud de verificación de valores del IVA, adjuntando los requisitos señalados en la Resolución No. DGERCGC17-00000459.

  2. El Servicio de Rentas Internas analiza el trámite, y de ser necesario, realiza requerimientos de información para completar la documentación presentada.

  3. El Servicio de Rentas Internas emite una resolución con los valores reconocidos en la petición de verificación de valores del IVA para notificarla al contribuyente, en un plazo máximo de 120  días hábiles luego del ingreso de la solicitud.

  4. Los valores reconocidos son informados al Ministerio de Finanzas a fin de que realicen el proceso de compensación presupuestaria.

 

 

Formatos

 

1

 

2

 

3

 

Documentación en medio Digital:

El Servicio de Rentas Internas pone a disposición de los contribuyentes y de la ciudadanía las herramientas necesarias (formato de documentos y aplicativo de generación de código único) para el ingreso de información digital, solicitada por la Administración Tributaria; que son:

  • Formato del listado y código de los documentos digitales. Ver formato.
  • Instructivo para la Generación de código para la identificación de documentos. Ver instructivo.

 

Base legal

 

  • Resolución NAC-DGERCGC17-00000459 publicada en el S.R.O. No. 72 del 05 de septiembre de 2017. Procedimiento para la verificación de valores del IVA a entidades detalladas en el primer inciso del artículo 73 de la Ley de Régimen Tributario Interno.

 

 

 

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