Servicio de Rentas Internas

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Devolución del excedente

del anticipo del Impuesto a la Renta

¿Qué es

y para qué sirve?

Base

legal

¿Cómo realizo

el trámite?

Requisitos


Procedimiento


Formatos

y anexos

Seguimiento

de trámites

Quejas,

sugerencias
y felicitaciones

¿Qué es y para qué sirve?

 

Es un trámite que permite a las personas naturales y sociedades solicitar la devolución del excedente del anticipo del Impuesto a la Renta (IR) con cargo al ejercicio fiscal 2018, mediante la presentación de los requisitos correspondientes en los diferentes canales de atención habilitados al ciudadano a nivel nacional.

Dirigido a:  * Sociedad: privada o pública - * Persona Natural: ecuatoriana o extranjera

 

¿Cómo realizo el trámite?

 

  • 1. Elaboración de un escrito que deberá contener los requisitos formales establecidos en el Art. 119 del Código Tributario, debidamente firmado por medio físico o digital (firma electrónica). 

  • 2. El escrito de solicitud deberá identificar con claridad el periodo fiscal y monto solicitado del excedente del anticipo del Impuesto a la Renta.

  • 3. Presentación de la solicitud física en las ventanillas de Secretaría del Servicio de Rentas Internas o si la solicitud es digital por los canales electrónicos dispuestos para el efecto. (www.sri.gob.ec)

  • 4. Al escrito de solicitud el contribuyente podrá adjuntar los medios probatorios que considere necesarios para demostrar su derecho a la devolución.

  • 5. El Servicio de Rentas Internas receptará la solicitud de devolución y le asignará un número de trámite.

 

 

Sociedad

         En el caso de que el trámite sea presentado por el representante legal:

  • Presentación de la cédula de ciudadanía o pasaporte y papeleta de votación del último proceso electoral del representante legal
  • Copia del nombramiento del representante legal, únicamente cuando no se encuentre actualizado en la página web de la Superintendencia de Compañías o cuando el firmante del escrito no sea el representante legal.

 

Si el trámite es realizado por un tercero

  • Presentación de la cédula de ciudadanía o pasaporte y papeleta de votación del último proceso electoral del solicitante.
  • Presentación de la cédula de ciudadanía y papeleta de votación del tercero que presenta el trámite.

 

Requisitos

 

El contribuyente que solicite la devolución del excedente del anticipo de impuesto a la renta pagado con cargo al ejercicio fiscal 2018 deberá cumplir con lo siguiente:

  •  Solicitud de devolución del excedente del anticipo de impuesto a la renta pagado con cargo al ejercicio fiscal 2018.

  •  Haber presentado la declaración de impuesto a la renta correspondiente al ejercicio fiscal 2018.

  • Carta de certificación y responsabilidad de la información para el ingreso de documentación digital de conformidad con el artículo 5 de la Resolución NAC-DGERCGC16-00000152.

 

 

Procedimiento

 

Atención de trámites ingresados a través de los canales dispuestos para el efecto

  • El Servicio de Rentas Internas verificará que la solicitud de devolución se encuentre con la legitimación del compareciente, sea clara y completa. Si no cumple esta validación emitirá un oficio de archivo.

  • Una vez admitido el trámite se revisará y solicitará, de ser el caso, los documentos probatorios necesarios. 

  • Analizada la información del expediente se emitirá una resolución que será notificada al solicitante.

 

Notificación

Para todas las solicitudes recibidas en nuestros canales de atención se prioriza la notificación por medios electrónicos como el buzón del contribuyente del portal transaccional SRI en línea disponible en www.sri.gob.ec.

Reintegro de valores

Para los trámites que soliciten devolución mediante acreditación en cuenta bancaria, se efectuará conforme disponibilidad del fondo dispuesto para el efecto por el Ministerio de Finanzas.  En las solicitudes que requieran devolución mediante nota de crédito desmaterializada se emitirán como un “saldo o anotación electrónica”, que se acreditará en la cuenta virtual creada para el efecto, a nombre del beneficiario.  Para mayor información dé clic aquí.
 

Formatos y anexos

 

  •  Solicitud de devolución del excedente del anticipo de impuesto a la renta pagado con cargo al ejercicio fiscal 2018. Ver formato.

 

El Servicio de Rentas Internas pone a disposición de los contribuyentes y de la ciudadanía las herramientas necesarias (formato de documentos y aplicativo de generación de código único) para el ingreso de información digital solicitada por la Administración Tributaria; que son:

 

  •  Formato del listado y código de los documentos digitales. Ver formato. 

  •  Carta de certificación y responsabilidad de la información para el ingreso de documentación digital. Ver formato.

  •  Instructivo para la Generación de código para la identificación de documentos. Ver instructivo. 

 

Seguimiento de trámites

 

El control y seguimiento de un trámite lo puede realizar en las siguientes opciones:

CANAL TELEFÓNICO 
 

Llame al 1700 SRI SRI (1700 774 774), o a las líneas fijas 043 805 920 y 032 998 100 a escala nacional. Para mayor información dé clic aquí.

CANAL PRESENCIAL 
Los centros de atención están a disposición de los contribuyentes en las 24 provincias del Ecuador, brindan información y asistencia para la gestión de sus trámites tributarios. Para mayor información dé clic aquí.

CANAL AUTOMÁTICO
SRI en Línea (Portal transaccional)
Consulte el estado de su trámite en el portal SRI en línea, siguiendo la ruta: Trámites y Notificaciones /Notificaciones/ seguimiento de trámites o dando clic aquí.

 

Quejas, sugerencias y felicitaciones

 

Si cuenta con iniciativas o propuestas para mejorar la calidad de los procesos, productos y servicios, o desea reportar algún inconveniente presentado con el Servicio de Rentas Internas hágalo a través del siguiente enlace.