Servicio de Rentas Internas

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DEVOLUCIÓN DEL IVA

sobre Retenciones en la Fuente

¿Qué es

y para qué sirve?

Base legal


¿Cómo realizo

el trámite?

Requisitos


Procedimiento


Formatos

y anexos

Seguimiento

de trámites

Quejas,

sugerencias
y felicitaciones

¿Qué es y para qué sirve?

 

Esta devolución permite a los contribuyentes recuperar valores que han sido retenidos en demasía en un período determinado, siempre y cuando se presuma que en los seis meses posteriores esas retenciones no se van a compensar con los impuestos generados.

 

Dirigido a:  * Persona natural: ecuatoriana o extranjera - * Persona jurídica: privada

 

¿Cómo realizo el trámite?

 

1. Presentar la solicitud de devolución de retenciones en la fuente de IVA en las ventanillas de Secretaría del Servicio de Rentas Internas, adjuntando los requisitos señalados.


2. El Servicio de Rentas Internas analizará el trámite, y de ser necesario concederá un tiempo para su legitimación, complementación y plazo probatorio para el esclarecimiento de los hechos materia de la solicitud, emite una resolución con los valores reconocidos para la misma, la cual se notifica al contribuyente en un plazo máximo de 90 días hábiles.


3. El Servicio de Rentas Internas emitirá una resolución u oficio de respuesta para notificar al contribuyente.


4. La acreditación se efectuará conforme la disponibilidad del fondo dispuesto para el efecto por el Ministerio de Finanzas.

 

Requisitos

 


Requisitos generales

  • Escrito solicitando la devolución de retenciones en la fuente de IVA o formato de solicitud dirigido ante la autoridad de su jurisdicción.
  • Listado en medio magnético de los comprobantes de retención que sustenten las retenciones en la fuente de IVA solicitadas y registradas en la declaración.
  • Carta de certificación y responsabilidad de la información para el ingreso de documentación digital de conformidad con el artículo 5 de la Resolución NAC-DGERCGC16-00000152.

Si el trámite es realizado por una persona natural

  • Original de cédula de ciudadanía o pasaporte y papeleta de votación del último proceso electoral.

Si el trámite es realizado por una persona jurídica

  • Original de la cédula de ciudadanía o pasaporte y papeleta de votación del último proceso electoral del representante legal.
  • Copia del nombramiento del representante legal, únicamente cuando no se encuentre actualizado en la página web de la Superintendencia de Compañías o cuando el firmante del escrito no sea el representante legal.

 

Si el contribuyente es una sociedad o persona natural obligada a llevar contabilidad, para brindarle una atención más oportuna puede adjuntar los siguientes documentos:


Documentos probatorios

  • Libros mayores de las cuentas de IVA ventas e IVA compras,  correspondientes a los periodos solicitados.
  • Libros mayores de la cuentas de retenciones en la fuente de IVA, correspondiente a los periodos solicitados.
  • Detalle en medio magnético de los valores solicitados por cada mes y los saldos de los libros mayores contables correspondientes, si existiera diferencia se deberá adjuntar el respaldo necesario y justificación del mismo.
  • En los casos que se presuma que el crédito tributario resultante no podrá ser compensado con el IVA causado dentro de los seis meses inmediatos siguientes y la Administración Tributaria no pueda evidenciar esta presunción en declaraciones posteriores al periodo solicitado (6 meses), adjuntar documentación fuente que respalde la devolución. 

 

La información solicitada en medio magnético deberá presentarse de conformidad a lo señalado en la Resolución No. NAC-DGERCGC16-00000152, que establece las especificaciones para la entrega de medios magnéticos al Servicio de Rentas Internas.

 

 

Procedimiento

 

Atención de trámites ingresados a través de los canales dispuestos para el efecto

  • El Servicio de Rentas Internas verificará que la solicitud de devolución se encuentre con la legitimación del compareciente, sea clara y completa. Si no cumple esta validación emitirá un oficio de archivo.

  • Una vez admitido el trámite se revisará y solicitará, de ser el caso, los documentos probatorios necesarios. 

  • Analizada la información del expediente se emitirá una resolución que será notificada al solicitante.

 

Notificación

Para todas las solicitudes recibidas en nuestros canales de atención se prioriza la notificación por medios electrónicos como el buzón del contribuyente del portal transaccional SRI en línea disponible en www.sri.gob.ec.

Reintegro de valores

Para los trámites que soliciten devolución mediante acreditación en cuenta bancaria, se efectuará conforme disponibilidad del fondo dispuesto para el efecto por el Ministerio de Finanzas.  En las solicitudes que requieran devolución mediante nota de crédito desmaterializada se emitirán como un “saldo o anotación electrónica”, que se acreditará en la cuenta virtual creada para el efecto, a nombre del beneficiario.  Para mayor información dé clic aquí.

 

Formatos y anexos

 

  •  Solicitud de retenciones en la fuente de IVA para sociedades y personas naturales obligadas a llevar contabilidad. Ver formato 

  •  Solicitud de retenciones en la fuente de IVA para personas naturales no obligadas a llevar contabilidad. Ver formato

  •  Listado de los comprobantes de retención que sustenten las retenciones en la fuente de IVA solicitadas y registradas en la declaración. Ver formato


El Servicio de Rentas Internas pone a disposición de los contribuyentes y de la ciudadanía las herramientas necesarias para el ingreso de información digital solicitada por la Administración Tributaria; que son:

 

Documentación en medio Digital:

  •  Formato del listado y código de los documentos digitales. Ver formato

  •  Carta de certificación y responsabilidad de la información para el ingreso de documentación digital. Ver formato

 

Seguimiento de trámites

 

CANAL TELEFÓNICO 
 

Llame al 1700 SRI SRI (1700 774 774), o a las líneas fijas 043 805 920 y 032 998 100 a escala nacional. Para mayor información dé clic aquí.

CANAL PRESENCIAL 
Los centros de atención están a disposición de los contribuyentes en las 24 provincias del Ecuador, brindan información y asistencia para la gestión de sus trámites tributarios. Para mayor información dé clic aquí.

CANAL AUTOMÁTICO
SRI en Línea
Consulte el estado de su trámite en el portal SRI en línea, siguiendo la ruta: Trámites y Notificaciones /Notificaciones/ seguimiento de trámites o dando clic aquí.

 

Quejas, sugerencias y felicitaciones

 

Si cuenta con iniciativas o propuestas para mejorar la calidad de los procesos, productos y servicios, o desea reportar algún inconveniente presentado con el Servicio de Rentas Internas hágalo a través del siguiente enlace.