Servicio de Rentas Internas

Servicio de Rentas Internas
MENÚ

buscar
Marzo 24, 2022

SRI HABILITA EL FORMULARIO DE CONTRIBUCIONES TEMPORALES Y REGULARIZACIÓN DE ACTIVOS EN EL EXTERIOR

SRI HABILITA EL FORMULARIO DE CONTRIBUCIONES TEMPORALES Y REGULARIZACIÓN DE ACTIVOS EN EL EXTERIOR

El Servicio de Rentas Internas (SRI) habilitó el formulario de contribuciones temporales y régimen impositivo voluntario, único y temporal para la regularización de activos en el exterior, mediante el cual se deberá liquidar y pagar las Contribuciones Temporales para el Impulso Económico y Sostenibilidad Fiscal Post COVID­19, de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la pandemia Covid-19. En el mismo formulario registrarán la información quienes deseen acogerse al Régimen Impositivo Voluntario, Único y Temporal para la Regularización de Activos en el Exterior.

Contribuciones temporales

Las personas naturales, que al 1 de enero de 2021 posean un patrimonio individual igual o mayor a un millón de dólares (USD $ 1.000.000,00) o cuando exista sociedad conyugal igual o mayor a dos millones de dólares (USD $ 2.000.000,00) pagarán una contribución sobre su patrimonio en el ejercicio fiscal 2022, de acuerdo con la siguiente tabla: 

 

Las sociedades determinarán y pagarán una contribución temporal sobre su patrimonio, tanto para el ejercicio fiscal 2022 como para el ejercicio fiscal 2023, siempre que la sociedad posea un patrimonio neto igual o mayor a cinco millones de dólares (USD $ 5.000.000,00) al 31 de diciembre de 2020.

El pago de la contribución temporal sobre el patrimonio de las sociedades se hará de conformidad con la siguiente tabla: 

Se tomará como referencia el patrimonio neto de la sociedad correspondiente al ejercicio fiscal 2020 que conste consignado en la casilla 698 de la declaración del Impuesto a la Renta de dicho ejercicio.

Las personas naturales y sociedades deben realizar la declaración hasta el treinta y uno (31) de marzo del 2022, mediante el formulario disponible en el portal web institucional (www.sri.gob.ec). La declaración se deberá presentar inclusive para los casos en que, producto de la aplicación de exclusiones y deducciones previstas en este Reglamento, el contribuyente no genere una contribución a pagar.

La declaración y pago tardío de la contribución estará sujeta al cobro de los intereses y multas que correspondan de conformidad con la normativa vigente.

El pago de la contribución única y temporal sobre el patrimonio de las personas naturales y sociedades no servirá como crédito tributario para el pago de los impuestos a cargo del contribuyente ni será deducible para el pago de otros impuestos.

Régimen Impositivo Voluntario, Único y Temporal para la Regularización de Activos en el Exterior.

Los contribuyentes que deseen acogerse a este régimen lo podrán hacer hasta el 31 de diciembre de 2022.

El hecho generador del Impuesto Único y Temporal para la Regularización de Activos en el Exterior es la presentación de la declaración juramentada por parte del contribuyente ante el notario público, en la que manifieste su voluntad irrevocable de acogerse al régimen impositivo regulado.

Esta declaración juramentada debe ser presentada de manera electrónica a través de Trámites electrónicos del Servicio de Rentas Internas en la sección SRI en Línea de la página web www.sri.gob.ec, debidamente notarizada, adjuntando como Anexo el Formato para Declaración Juramentada para Regularización de Activos del Exterior. Para más información dé clic aquí.


Mira nuestro video tutorial para aprender sobre cómo cumplir responsablemente con tus obligaciones tributarias: