Noviembre 24, 2017
SE CONCRETÓ LA REBAJA DEL ANTICIPO DEL IMPUESTO A LA RENTA
Mediante Decreto Ejecutivo N° 210 firmado por el señor presidente de la República, Lenín Moreno, se estipula, para las personas naturales, sucesiones indivisas obligadas a llevar contabilidad y sociedades ciertas rebajas en el pago del saldo del anticipo del Impuesto a la Renta sobre sus ventas o ingresos totales brutos para el año 2017.
Estas rebajas se aplican al saldo que los contribuyentes debían pagar en abril de 2018, pues las cuotas de julio y septiembre ya se cancelaron este año. Esta medida significaría un impacto fiscal de USD 48,7 millones.
• Las empresas que facturen un monto igual o menor a USD 500.000 tendrán una rebaja del 100% en el valor a pagar del saldo del anticipo del Impuesto a la Renta correspondiente al período fiscal 2017.
• Las empresas que facturen entre USD 500.000,01 hasta USD 1´000.000,00 tendrán una rebaja del 60% en el valor a pagar del saldo del anticipo del Impuesto a la Renta correspondiente al período fiscal 2017.
• Rebaja del 40% en el valor a pagar del saldo del anticipo de Impuesto a la Renta correspondiente al período fiscal 2017 si las ventas o ingresos brutos anuales son de USD 1´000.000,01 o más.
Estas disposiciones se establecen con el objetivo de incentivar a las pequeñas, medianas y grandes empresas y así promover su rol dentro del ámbito productivo y su importancia en la generación de empleo.