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Diciembre 12, 2018

QUEDAN POCOS DÍAS PARA ACCEDER A LA REMISIÓN TRIBUTARIA

QUEDAN POCOS DÍAS PARA ACCEDER A LA  REMISIÓN TRIBUTARIA

El próximo 28 de diciembre de 2018, vence el plazo para que los ciudadanos que mantienen obligaciones pendientes con el Servicio de Rentas Internas, accedan al beneficio de la remisión tributaria del 100% de intereses, multas y recargos.

Hasta la fecha se han gestionado más de USD 1000 millones* por concepto de Remisión Tributaria y se han acogido más de 308 mil contribuyentes.

Este beneficio aplica para:

• Deudas en proceso de cobro o suspendidas.
• Declaraciones pendientes, ya sean originales o sustitutivas.
• Cuotas RISE.
• Matriculación Vehicular.

La Ley contempla los siguientes segmentos de contribuyentes para el pago de las obligaciones pendientes con este beneficio tributario:

Grupo 1:

• Contribuyentes que sean integrantes de grupos económicos.
• Contribuyentes cuyo promedio de ingresos brutos de los últimos 3 años sea mayor a cinco millones de dólares.
• Deudas correspondientes a impuestos retenidos y/o percibidos, como por ejemplo IVA y Retenciones en la Fuente.

Grupo 2:

Todos los no contemplados en el grupo 1, es decir, los micro, pequeños y medianos contribuyentes; quienes pueden pagar el saldo del capital hasta el 28 de diciembre, o hasta la misma fecha, solicitar facilidades de pago del capital de hasta 2 años contados a partir de la publicación de la Ley en el Registro Oficial, mediante el pago de cuotas mensuales y sin necesidad del pago de la cuota inicial, a través del portal SRI en línea, para lo cual deberán contar con el convenio de débito bancario.

Se pueden beneficiar de la presente remisión todos los contribuyentes que mantengan obligaciones pendientes vencidas al 2 de abril de 2018, con excepción del Impuesto a la Renta anual del ejercicio fiscal 2017.

Si la obligación se encuentra en un reclamo, recurso de revisión, juicio o arbitraje, el contribuyente para beneficiarse de la remisión, deberá desistir del recurso o acción presentada dentro del plazo contemplado en la Ley.

No se podrá iniciar ningún tipo de acción legal posterior sobre las obligaciones pagadas en aplicación de la remisión.

Para más información los contribuyentes pueden visitar www.sri.gob.ec o acercarse al Departamento de Cobro o Ventanillas de Atención al Ciudadano en las agencias a escala nacional.

* Valor recaudado en efectivo, por facilidades de pago otorgadas y por montos en proceso de conciliación.