VENTA DE COMBUSTIBLES SERÁ BAJO ESQUEMA DE COMPROBANTES ELECTRÓNICOS
A partir del 1 de enero de 2019, las personas naturales o sociedades que realicen actividades de venta de combustibles líquidos derivados de hidrocarburos y biocombustibles, deberán emitir, de forma obligatoria, comprobantes de venta, retención y documentos complementarios bajo el esquema electrónico del Servicio de Rentas Internas (SRI).
Para adherirse a este esquema, deberá ingresar la respectiva solicitud a través de SRI en Línea de www.sri.gob.ec, opción “Facturación Electrónica / Producción / Autorización. Para el efecto, el contribuyente deberá contar con un certificado digital de firma electrónica vigente y adquirido en cualquiera de las entidades de certificación autorizadas en el país.
Para dar cumplimiento a esta disposición, los contribuyentes deberán implementar las herramientas tecnológicas necesarias para la generación, firma y envío de comprobantes electrónicos, o podrán utilizar las herramientas gratuitas que el SRI pone a su disposición:
- Portal SRI & YO en Línea: para uso de personas naturales no obligadas a llevar contabilidad.
- Facturador electrónico gratuito: disponible para personas naturales no obligadas y obligadas a llevar contabilidad y para sociedades en general.
Para acceder a estas herramientas, así como a la información técnica y normativa de comprobantes electrónicos haga clic aquí.
Desde el año 2013 hasta el 30 de noviembre de 2018, el SRI ha recibido más de 6 mil millones de comprobantes bajo el esquema electrónico, facilitando el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes y de la ciudadanía.
Se recuerda que el Código Tributario establece sanciones por la inobservancia de normas reglamentarias y disposiciones administrativas de obligatoriedad general.
Para mayor información puede comunicarse al 1700 774-774 y desde Cuenca al 04-2598-441.