Servicio de Rentas Internas

Servicio de Rentas Internas
MENÚ

buscar

Devolución de Crédito Tributario generado por el ISD1

Devolución de Crédito Tributario

generado por el Impuesto a la Salida de Divisas - ISD

Requisitos

Procedimiento

Formatos

Base

legal

Requisitos

 

El ingreso de la solicitud de devolución de impuestos deberá efectuarse a través de los canales presenciales o electrónicos; y, la información se presentará de manera digital.  Aquellos documentos que requieran la suscripción del beneficiario deberán contener la firma electrónica.

Presentar la solicitud de devolución de conformidad con el formato publicado en el portal web institucional (www.sri.gob.ec), adjuntando los siguientes requisitos que se detallan a continuación:

 


Si el trámite es realizado por una persona natural

  • Original de cédula de ciudadanía o pasaporte y papeleta de votación del último proceso electoral.

 


Si el trámite es realizado por una persona jurídica

En el caso que el trámite sea presentado por el representante legal

  • Escaneado del nombramiento del Representante Legal, únicamente cuando no se encuentre actualizado en la página web de la Superintendencia de Compañías o cuando el firmante del escrito no sea el Representante Legal.

 


Si el trámite es realizado por un tercero

  • Original de la cédula de ciudadanía del tercero que presenta el trámite.

 


Documentos probatorios

  • Para brindarle una atención oportuna debe adjuntar los documentos detallados en el siguiente enlace.

 

Nota: La información ingresada en medio magnético relacionada con los documentos probatorios, serán ingresados conjuntamente con la "Carta de certificación y responsabilidad de la información para el ingreso de documentación digital", de conformidad con el artículo 5 de la Resolución NAC-DGERCGC16-00000152. 

* Estos trámites no requieren firma de abogado.

Procedimiento

 

Procedimiento
  1. Presentar la solicitud de devolución de crédito tributario generado por el Impuesto a la Salida de Divisas, en las ventanillas de Secretaría del Servicio de Rentas Internas o por los canales electrónicos dispuestos para el efecto.

  2. El Servicio de Rentas Internas analizará el trámite, y de ser necesario concederá un tiempo para su legitimación, complementación y plazo probatorio para el esclarecimiento de los hechos materia de la solicitud.

  3. El Servicio de Rentas Internas emitirá una resolución o el oficio de respuesta para notificarla al contribuyente.

  4. El valor a devolver será reintegrado por medio de la emisión de una nota de crédito cartular, de acuerdo a lo señalado en la Resolución No NAC-DGERCGC13-00865.

 

* La notificación de documentos se podrá realizar de manera física y/o electrónica.

Formatos

 

1
  • Formulario para Devolución de Crédito Tributario Generado por Impuesto a la Salida de Divisas. Ver formato de solicitud

 

2

 

3

 

4

 

Documentación en medio digital:

El Servicio de Rentas Internas pone a disposición de los contribuyentes y de la ciudadanía las herramientas necesarias (formato de documentos y aplicativo de generación de código único) para el ingreso de información digital solicitada por la Administración Tributaria; que son:

  • Formato del listado y código de los documentos digitales. Ver formato.
  • Instructivo para la Generación de código para la identificación de documentos. Ver instructivo.