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Nota de Crédito por Impuesto a la Salida de Divisas

Nota de Crédito

por Impuesto a la Salida de Divisas

Emisión

Negociación

Fraccionamiento

Agrupamiento

Utilización

Entrega al SRI

Base

legal

Emisión

Este título con valor tributario se emite con el propósito de devolver el crédito tributario del ISD que no pudo ser compensado en su declaración de Impuesto a la Renta.

Al ser su emisión en forma cartular, éste debe ser retirado por el contribuyente, en la oficina del Servicio de Rentas Internas correspondiente a su domicilio fiscal, con los siguientes requisitos:

 

Si el título lo retira el beneficiario
Si el título lo retira una tercera persona
  • Presentación de la cédula de identidad o pasaporte.
  • Presentación del nombramiento (personas jurídicas) o poder notariado, de ser el caso. 
  • Presentación de la inscripción del nombramiento del representante legal en el Registro Mercantil, de ser el caso.

Adicional a los requisitos solicitados al beneficiario:

  • Autorización para el retiro de notas de crédito cartulares (se obtiene a través del portal web “SRI en línea”)
  • Presentación de su cédula de identidad o pasaporte. 

 

Con el propósito de precautelar el bienestar de la población y de mitigar la propagación de la COVID-19, se pone en conocimiento de la ciudadanía que, de requerirse la entrega de la Nota de Crédito del Impuesto a la Salida de Divisas se podrá agendar su retiro a través del correo electrónico adarevalo@sri.gob.ec para lo cual, deberá incluir la siguiente información: 

  • Número de RUC
  • Razón Social
  • Número de Resolución / Sentencia
  • Autorización para solicitar información generada desde el portal SRI en Línea (se debe adjuntar el documento)

 

Negociación

 

Las Notas de Crédito por Impuesto a la Salida de Divisas son libremente negociables a través de las siguientes opciones:

  • Negociación directa con otra persona natural o jurídica.
  • Negociación a través de una Casa de Valores.

 

Negociación Directa

Si usted desea endosar su Nota de Crédito por Impuesto a la Salida de Divisas por ventanilla, debe seguir los siguientes pasos:

Pasos a seguir para endosar su Nota de Crédito
  1. Acérquese a las oficinas del Servicio de Rentas Internas a nivel nacional y presente descrita para el retiro del documento, tanto del cedente como del cesionario.

  2. Presente si es el beneficiario copia de la cédula de identidad o pasaporte y copia del nombramiento (personas jurídicas) o poder notariado, de ser el caso. 

  3. Presente si es una tercera persona carta en la que el beneficiario, representante legal o apoderado lo autorice expresamente y copia de su cédula de identidad o pasaporte.

  4. Registre en la parte posterior del documento, las partes deberán suscribir el endoso efectuado. 

 

En Casas de Valores

La negociación del Título Valor en una Casa de Valor a nivel nacional sigue el siguiente esquema:

Contribuyente
  1. Acérquese a una Casa de Valor.

  2. Acuerde La negociación con la Casa de Valor.

 

Casa de Valor
  1. El Título ingresa al Mercado de Valores (Compra-Venta)

  2. La Casa de Valor Liquida el Título Negociado.

  3. El contribuyente recibe el valor del Título Valor.

 

Fraccionamiento Agrupamiento

Fraccionamiento - Agrupamiento

 

Fraccionamiento de la Nota de Crédito 

Si usted posee una Nota de Crédito por Impuesto a la Salida de Divisas de mayor valor al que requiere utilizar en su declaración, deberá solicitar el FRACCIONAMIENTO por escrito en cualquier oficina del Servicio de Rentas Internas (Área de Secretaría), adjuntando los siguientes requisitos:

Requisitos para solicitud de Fraccionamiento
  1. Solicitud escrita que indique el número* de notas en las que se fraccionarán y sus valores.

  2. Original de la nota de crédito a fraccionar.

  3. Copia de la cédula de identidad o pasaporte. 

  4. Una copia del nombramiento (personas jurídicas) o poder notariado, de ser el caso. 

   (*) El SRI se reserva el derecho de fraccionar en un número diferente conforme el historial de pago del contribuyente

 

Agrupamiento de la Nota de Crédito 

Si usted posee más de tres Notas de Crédito por Impuesto a la Salida de Divisas, con el fin de facilitar su utilización en un formulario de declaración de impuestos; podrá solicitar su AGRUPAMIENTO por escrito en cualquier oficina del Servicio de Rentas Internas (Área de Secretaría), adjuntando los siguientes requisitos:

 

Requisitos para solicitud de Agrupamiento
  1. Solicitud escrita de agrupamiento.

  2. Originales de las Notas de Crédito a agrupar.

  3. Copia de la cédula de identidad o pasaporte. 

  4. Una copia del nombramiento (personas jurídicas) o poder notariado, de ser el caso. 

 

Guía Nota de Crédito por Impuesto a la Salida de Divisas

 

Utilización

Utilización en el pago de impuestos

Si el título lo retira el beneficiario
  • Únicamente se podrán utilizar para el pago de Impuesto a la Renta y Anticipo del Impuesto a la Renta.
  • En los siguientes formularios de declaración de DIMM: 101, 102, 102 A

 

Si el título lo retira una tercera persona
  • Servicios en línea: formularios 106 y 115

    En el formulario 106 solo para los siguientes códigos de impuesto:

    1011  "Impuesto a la Renta personas naturales".

    1021  "Impuesto a la Renta sociedades".

    1071  "Renta anticipo".

 

Vigencia para su utilización

Las notas de crédito por Impuesto a la Salida de Divisas  tienen una vigencia de cuatro años desde su fecha de emisión, si no se utilizan en este plazo, se registrarán como caducadas.

La utilización para el pago del Anticipo del Impuesto a la Renta, considerará las restricciones establecidas por la normativa.

 

Entrega al SRI

 

  • El plazo máximo para la entrega de la nota de crédito cartular utilizada en el pago de impuestos, es de HASTA 2 DÍAS HÁBILES POSTERIORES a la fecha máxima de pago establecida en el comprobante electrónico para el pago (CEPP), pudiendo extenderse hasta 8 días hábiles más con la debida justificación.
  • Deberá entregarse en las ventanillas de Servicios Tributarios, en cualquier oficina del Servicio de Rentas Internas.
  • Si la nota de crédito ISD no es entregada en el plazo especificado, la declaración se considerará como NO PAGADA, y se notificará a la Unidad de Cobro.