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Nota de Crédito de Excepción

Nota de Crédito

de excepción

Emisión del

Título Valor

Negociación

Notas

de crédito

Utilización

Base

legal

Emisión del Título Valor

 

Las Notas de Crédito de Excepción se emiten únicamente por el anticipo mínimo pagado y no acreditado al Impuesto a la Renta del ejercicio fiscal 2009, reconocidos mediante resolución.

Al ser su emisión en forma cartular, éste debe ser retirado por el contribuyente, en la oficina del Servicio de Rentas Internas correspondiente a su domicilio fiscal, con los siguientes requisitos:

Si el título lo retira el beneficiario
Si el título lo retira una tercera persona
  • Presentación de la cédula de identidad o pasaporte.
  • Presentación del nombramiento (personas jurídicas) o poder notariado, de ser el caso. 
  • Carta en la que el beneficiario, representante legal o apoderado lo autorice expresamente.
  • Presentación de su cédula de identidad o pasaporte. 

 

Negociación

 

Las Notas de Crédito Desmaterializadas son libremente negociables a través de las siguientes opciones:

  • Negociación directa con otra persona natural o jurídica.
  • Negociación a través de una Casa de Valores.

 

Negociación Directa

Únicamente podrán ser endosadas en las oficinas del SRI realizando los siguientes pasos.

Pasos a seguir para endosar su Nota de Crédito de Excepción
  1. Acérquese a las oficinas del Servicio de Rentas Internas a nivel nacional y presente descrita para el retiro del documento, tanto del cedente como del cesionario.
  2. Presente si es el beneficiario copia de la cédula de identidad o pasaporte y copia del nombramiento (personas jurídicas) o poder notariado, de ser el caso.
  3. Presente si es una tercera persona carta en la que el beneficiario, representante legal o apoderado lo autorice expresamente y copia de su cédula de identidad o pasaporte.
  4. Registre en la parte posterior del documento, las partes deberán suscribir el endoso efectuado.

 

En Casas de Valores

La negociación del Título Valor en una Casa de Valor a nivel nacional sigue el siguiente esquema:

Contribuyente
  1. Acérquese a una Casa de Valor.
  2. Acuerde La negociación con la Casa de Valor.

 

Casa de Valor
  1. El Título ingresa al Mercado de Valores (Compra-Venta)
  2. La Casa de Valor Liquida el Título Negociado.
  3. El contribuyente recibe el valor del Título Valor.

 

Notas de crédito

Fraccionamiento - Agrupamiento

 

Fraccionamiento de la Nota de Crédito 

Si usted posee una Nota de Crédito por Impuesto a la Salida de Divisas de mayor valor al que requiere utilizar en su declaración, deberá solicitar el FRACCIONAMIENTO por escrito en cualquier oficina del Servicio de Rentas Internas (Área de Secretaría), adjuntando los siguientes requisitos:

Requisitos para solicitud de Fraccionamiento
  1. Solicitud escrita que indique el número (máximo cuatro) de notas en las que se fraccionará y sus valores.
  2. Original de la nota de crédito a fraccionar.
  3. Copia de la cédula de identidad o pasaporte. 
  4. Una copia del nombramiento (personas jurídicas) o poder notariado, de ser el caso. 

 

 

Utilización

 

  • Cuando el titular endose su nota a un tercero, este último únicamente podrá utilizarla para el pago de cualquier impuesto, una vez que haya transcurrido el plazo de cinco años contados desde la fecha de presentación de la declaración de la que se establezca que el pago fue excesivo.
  • El titular puede utilizar la nota de crédito antes de los cinco años únicamente para el pago de impuesto a la renta y anticipo de impuesto a la renta, utilizando para el efecto los Formularios que correspondan: 101, 102 y 106.
  • El titular luego de los cinco años puede utilizar la nota de crédito para el pago de cualquier impuesto, incluido renta a través de una solicitud de canje por una Nota de Crédito Desmaterializada.
  • Las notas de crédito de excepción, únicamente podrán compensarse con deudas de impuesto a la renta y anticipo de impuesto a la renta.

 

Los pasos para realizar el canje por una Nota de Crédito Desmaterializada son los siguientes:

Requisitos para realizar el canje por una Nota de Crédito Desmaterializada
  1. Solicitud escrita para el canje de la Nota de Crédito de Excepción a Nota de Crédito Desmaterializada.
  2. Original de la nota de crédito a canjear.
  3. Copia de la cédula de identidad o pasaporte. 
  4. Una copia del nombramiento (personas jurídicas) o poder notariado, de ser el caso.