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Compensación de valores

 

La compensación como forma de devolución, se aplica mediante la extinción de una obligación tributaria con créditos líquidos reconocidos.

En lo que respecta a la compensación  de los valores reconocidos, con deudas tributarias firmes; una vez que existe un acto administrativo o judicial que dispone el reintegro de valores por devolución de impuestos, la Administración Tributaria tiene la facultad de emitir una segunda resolución, en la que materializa la compensación total o parcial de valores. 

 

Compensación automática

 

La compensación automática en formulario de IVA como mecanismo de recaudación y de reintegro a la vez,  se aplica en la declaración del IVA de los exportadores, quienes por tener derecho a la devolución al IVA percibido, pueden compensarlo con el IVA retenido al momento de declarar

 

Se compensa el IVA retenido y percibido en la declaración. Se emite la resolución que reconoce la compensación de valores.