YA ESTÁ DISPONIBLE EL ANEXO DE GASTOS PERSONALES PARA EL PERÍODO FISCAL 2024
Hasta febrero de 2025 conforme el noveno dígito de la cédula o RUC deben presentar el Anexo de Gastos Personales del período fiscal 2024 las personas naturales que, en el presente año, tuvieron ingresos superiores a una fracción básica unificada ($11.902) e hicieron uso de sus gastos personales para rebajar el Impuesto a la Renta.
Para el período fiscal 2024 se considerará como monto máximo para la rebaja de gastos personales el valor menor obtenido entre los gastos personales declarados por el beneficiario y el valor de la canasta familiar básica (CFB), la cual se establece en función del número de cargas familiares, conforme el siguiente detalle:
Los gastos personales para considerar en el anexo pueden ser por concepto de educación, alimentación, vestimenta y salud (incluyendo los gastos inherentes a mascotas), así como vivienda, turismo, arte y cultura.
Se consideran cargas familiares a los padres, cónyuge o pareja en unión de hecho e hijos hasta los 21 años o con discapacidad de cualquier edad que dependan totalmente del contribuyente y que no tengan ingresos gravados superiores a un Salario Básico Unificado (2024: USD 460).
Para reportar las cargas familiares, el sujeto obligado debe ingresar al portal transaccional SRI en línea, a la opción Anexos / Anexo de gastos personales en línea / Registro de cargas familiares para períodos a partir de 2023.
La presentación del anexo de gastos personales se debe realizar en el mismo portal, ingresando a la opción Anexos / Anexos de gastos personales en línea / Generación anexo.
Para más información comuníquese al 1700 SRI SRI (1700 774 774).