Devolución del IVA a exportadores de servicios
Devolución del IVA
a exportadores de servicios
Los requisitos que se refieren a continuación, se deberán presentar en cualquiera de las oficinas del Servicio de Rentas Internas a nivel nacional ó en los canales electrónicos, en este caso se deberá presentar la información de manera digital y aquellos documentos que requieran la suscripción del beneficiario deberán contener la firma electrónica:
1. Solicitud |
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2. Información de costos de producción y gastos de comercialización que sustentan crédito tributario |
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3. Documentación de sustento de la prestación de servicios exportados |
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4. Sistema contable diferenciado (cuando el contributyente mantuviere sistemas contables que permitan diferenciar inequívocamente el crédito tributario) |
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5. Si el trámite es realizado por un tercero |
En caso de que la solicitud la presente una tercera persona:
En caso de que la solicitud sea firmada por un tercero:
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Importante: |
Los requisitos indicados deberán presentarse al Servicio de Rentas internas traducidos al idioma castellano, en caso de que se encuentren en idioma distinto a este. |
Recuerde: |
El beneficio de devolución del IVA será aplicado en la proporción del ingreso neto de divisas desde el exterior al Ecuador, dentro de un plazo máximo de seis meses contados a partir de la emisión de la factura correspondiente al servicio prestado o comercializado. La solicitud deberá ser presentada únicamente cuando se ingrese la divisa correspondiente a exportaciones de servicios, conforme al plazo legal establecido para el efecto y a la proporción pertinente. |
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Documentación en medio Digital:
El Servicio de Rentas Internas pone a disposición de los contribuyentes y de la ciudadanía las herramientas necesarias (formato de documentos y aplicativo de generación de código único) para el ingreso de información digital solicitada por la Administración Tributaria; que son:
- Formato del listado y código de los documentos digitales. Ver formato.
- Carta de certificación y responsabilidad de la información para el ingreso de documentación digital (Ingreso por ventanillas cuando corresponda) Ver formato de carta de certificación.
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Carta de certificación y responsabilidad de la información para el ingreso de documentación digital (Ingreso por canales electrónicos) Ver formato de carta de certificación.
- Instructivo para la Generación de código para la identificación de documentos. Ver instructivo.
- Aplicativo HashMyFiles. Ver aplicativo.
- IVA sobre los servicios que se exporten. Numeral 14 del artículo 56 de la Ley de Régimen Tributario Interno.
- Crédito tributario. Artículo 66 de la Ley de Régimen Tributario Interno.
- IVA pagado en actividades de exportación: Artículo 72 de la Ley de Régimen Tributario Interno.
- Devolución del IVA a exportadores de servicios. Primer artículo innumerado a continuación del artículo 173 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno.
- Devolución del IVA en la adquisición de activos fijos. Artículo 180 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno.
- Condiciones y límites para la devolución del IVA en favor de los exportadores de servicios. Resolución No. CPT-RES-2019-003 publicado en el S.R.O. 495 del 27 de mayo de 2019.
- Especificaciones para la entrega de información a través de medios magnéticos al Servicio de Rentas Internas. Resolución NAC-DGERCGC16-00000152 S.R.O. 733 del 14-04-2016.
- Normas para notificar electrónicamente las actuaciones del Servicio de Rentas Internas. Resolución NAC-DGERCGC16-00000155 S.R.O. 733 del 14-04-2016.
- Normas para la simplificación del trámite de devolución del IVA. Resolución NAC-DGERCGC18-00000423 S.R.O. 374 del 23-11-2018.
- Procedimiento y requisitos para la devolución del IVA a los exportadores de servicios. Resolución No. NAC-DGERCGC19-00000051 publicada en el R.O. 84 del 20 de noviembre de 2019.