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Procedimiento para la presentación de anexos tributarios

cuya extensión sea mayor a ocho megabytes (8MB)

¿Qué debo hacer?


¿Cómo realizo

el trámite electrónico?

Requisitos


Información

Importante

¿Qué debo hacer?

 

Creación del usuario y acceso al FTP

La presentación de anexos tributarios cuya extensión sea mayor a 8MB se realizará a través del Protocolo de Transferencia de Archivo (FTP por sus siglas en inglés).

Para acceder al servidor FTPS del Servicio de Rentas Internas el contribuyente, representante legal o apoderado deberá remitir la petición (Acta de responsabilidad) para la creación del usuario y contraseña suscrita de manera electrónica a la cuenta de correo electrónico dispuesta para su atención de acuerdo a su jurisdicción. 

Una vez habilitado el acceso al servidor FTP del Servicio de Rentas Internas, se debe proceder a guardar en el repositorio establecido, el archivo del anexo en formato .zip que requiere ser cargado por la Administración Tributaria, para lo cual debe seguir las instrucciones del Manual de usuario para conexión al ftp del SRI.

A continuación de guardar el archivo en el FTP, el contribuyente (o su representante legal, apoderado u otro de similar naturaleza que esté habilitado para suscribir documentos en nombre del contribuyente), deberá remitir una solicitud al correo electrónico habilitado que corresponda, indicando que dicha información fue almacenada a través del FTP.

La solicitud deberá ser presentada en el formato dispuesto por el Servicio de Rentas Internas, y deberá contener el nombre del anexo y el periodo fiscal.

La solicitud y los demás requisitos que requieran firma del contribuyente deberán encontrarse firmados electrónicamente.
 

 
¿Cómo realizo el trámite electrónico?

 

Una vez receptada la petición la Administración Tributaria remitirá a la dirección de correo electrónico del contribuyente el número de trámite asignado a dicha petición para que realice el correspondiente seguimiento del resultado de la carga del archivo.

Cuando no se cumplan los requisitos y procedimientos indicados, se entenderá la petición como no presentada y se procederá con el archivo de la misma, particular que será comunicado por el Servicio de Rentas Internas.

Si el resultado de la carga del anexo es fallido, el solicitante deberá remitir al correo electrónico una nueva petición con el nuevo archivo XML, subsanando los errores detallados en el archivo generado automáticamente por el sistema en el portal transaccional SRI en Línea.

Al realizarse la carga exitosa del archivo por parte de la Administración Tributaria, el contribuyente recibirá un mensaje de confirmación a la cuenta de correo electrónico registrada en el portal transaccional SRI en Línea.

La carga de anexos por parte de la Administración Tributaria se realizará dentro de la jornada de trabajo prevista para el Servicio de Rentas Internas, los correos que se hayan receptado fuera de la jornada laboral se gestionarán al día hábil siguiente a la recepción del correo.

 

Requisitos

 

En el correo electrónico para la carga de anexos, se especificará claramente la solicitud del contribuyente respecto del anexo que requiere sea cargado, señalando el periodo que corresponde y encontrarse adjuntos los siguientes requisitos en formato digital y legible:

  •  Solicitud para carga de anexos mayores a 8MB.
  •  Documento digitalizado que faculte al representante legal, apoderado u otro de similar naturaleza a suscribir la petición en nombre del contribuyente, cuando corresponda, además de la digitalización de su documento de identificación.
  •  En los casos en los que la petición, sea presentada por un tercero, al amparo de la Resolución No. NAC-DGERCGC18-00000410, se deberá adjuntar digitalizado el poder general o especial o el documento de autorización a terceros en línea, en formato PDF, generado a través de la página web del SRI. 
  •  Archivo digital en formato xml del anexo o anexos que requiere sea/n cargado/s, comprimido/s con extensión .zip, debidamente cargado en la carpeta FTP creada para el contribuyente. Cada archivo .zip contendrá un único anexo. El nombre del archivo no deberá contener caracteres especiales, y deberá señalarse el tipo de anexo y el periodo al que corresponde (ejemplo: ROTEFMARZO2024).

Revise los requisitos que debe adjuntar a su petición:

 

Personas naturales

Sociedades

 

Información Importante

 

Recuerde que debe cumplir con sus demás deberes formales: emitir comprobantes de venta y documentos complementarios y realizar sus declaraciones. Revise más información aquí.


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