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En esta sección conocerás cómo declarar y pagar tu impuesto a la renta de acuerdo al régimen al que perteneces.

 

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RIMPE Negocios Populares

¿Quiénes deben pagar el Impuesto a la Renta?


Todas las personas naturales que en el año hayan realizado una actividad económica y estén registradas en su RUC en el régimen RIMPE - Negocio popular.


 


¿Cuánto deben pagar?


Para el ejercicio fiscal 2023, todas las personas naturales que pertenecen al RIMPE – Negocio Popular deben pagar un valor de USD 60.00 siempre y cuando sus ingresos no hayan superado los USD 20.000 en el año.
 

Límite inferior (USD) Límite superior (USD) Impuesto a la fracción básica Tipo marginal (%)

-

$ 20.000,00

$ 60,00

$ 0,00

  • Si un negocio popular registra ingresos superiores a los USD 20.000 declarará, liquidará y pagará aplicando las reglas y tarifas previstas para el régimen RIMPE – Emprendedor.
  • El pago de USD 60 es un valor único a pagar y comprende el pago de Impuesto a la Renta e IVA.

 

¿Cuál es el plazo para pagar el impuesto? 

 

El Impuesto a la Renta sujeto al presente régimen se liquidará y pagará hasta el mes de mayo de cada año fiscal, conforme el siguiente calendario:

 

RIMPE NEGOCIO POPULAR - PERSONA NATURAL

 

Si el noveno dígito es Fecha de vencimiento (hasta el día)

1

10 de mayo

2

12 de mayo

3

14 de mayo

4

16 de mayo

5

18 de mayo

6

20 de mayo

7

22 de mayo

8

24 de mayo

9

26 de mayo

0

28 de mayo

 

 


 

¿Cómo pagar el Impuesto a la Renta?

 

Para el pago del impuesto debe contar con la clave del SRI, la generación del valor a pagar se realiza en el SRI en línea mediante una declaración simplificada.
 


Recuerda!

Desde el ejercicio fiscal 2024, con los cambios incluidos dentro de la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Economía Familiar LEFAM, constituyen contribuyentes del Régimen RIMPE negocios populares, aquellos sujetos pasivos, personas naturales, con ingresos brutos existentes de hasta veinte mil dólares de los Estados Unidos de América (US$ 20.000.00). 

Los sujetos pasivos dentro del régimen RIMPE negocios populares, pagarán el Impuesto a la Renta conforme a la siguiente tabla progresiva, aplicable sobre los ingresos brutos del respectivo ejercicio fiscal:

Límite inferior (USD) Límite superior (USD) Impuesto a pagar (cuota en USD)

$ 0,00

$ 2.500,00

$ 0,00

$ 2.500,01

$ 5.000,00

$ 5,00

$ 5.000,01

$ 10.000,00

$ 15,00

$ 10.000,01

$ 15.000,00

$ 35,00

$ 15.000,01

$ 20.000,00

$ 60,00

 

Por ingresos brutos se entienden a los ingresos gravados percibidos por el contribuyente, menos descuentos y devoluciones.
 
RIMPE Emprendedores


¿Quiénes deben pagar el Impuesto a la Renta?

 

Las personas naturales y sociedades que en el año hayan realizado una actividad económica y estén registradas en su RUC en el régimen RIMPE - Emprendedor y cuyos ingresos anuales son superiores a USD 20.000 y hasta a USD 300.000. Con excepción de las que tienen actividades no sujetas al RIMPE.


 

Actividades no sujetas al RIMPE

 

No estarán sujetos a este régimen los ingresos provenientes de:

 

  •  Actividades relacionadas a contratos de construcción y actividades de urbanización, lotización y otras similares (Arts. 28 y 29 de la Ley de Régimen Tributario Interno). 

  •  Actividades profesionales, mandatos y representaciones. 

  •  Actividades de transporte. 

  •  Actividades agropecuarias. 

  •  Actividades de comercializadoras de combustible. 

  •  Actividades en relación de dependencia. 

  •  Rentas de capital. 

  •  Regímenes especiales. 

  •  Inversión extranjera directa y actividades en asociación pública-privada. 

  •  Sector de hidrocarburos, minería, petroquímica, laboratorios médicos y farmacéuticas, industrias básicas, financiero, seguros y Economía Popular y Solidaria. 

Además, tampoco estarán sujetos a este régimen quienes hayan recibido ingresos brutos superiores a USD 300.000 en el año anterior, ni quienes se encuentren inscritos en el RUC sin actividad económica registrada.



¿Cuánto deben pagar?


El impuesto a pagar para una persona RIMPE-Emprendedor se calculará de acuerdo a la siguiente tabla:

Límite inferior (USD) Límite superior (USD) Impuesto a la fracción básica Tipo marginal (%)

-

$ 20.000,00

$ 60,00

0%

$ 20.000,00

$ 50.000,00

$ 60,00

1%

$ 50.000,01

$ 75.000,00

$ 360,00

1,25%

$ 75.000,01

$ 100.000,00

$ 672,50

1,50%

$ 100.000,01

$ 200.000,00

$ 1.047,50

1,75%

$ 200.000,01

$ 300.000,00

$ 2.797,52

2%

 

  • Para calcular la base imponible considerarán los ingresos brutos gravados, provenientes de las actividades acogidas a este régimen y se restarán las devoluciones o descuentos; adicionalmente se sumarán o restarán, los ajustes de generación y/o reversión por efecto de aplicación de impuestos diferidos.
  • Son aplicables los beneficios tributarios relacionados con los ingresos previstos en la normativa legal, por ejemplo: ingresos exentos de personas adultas mayores y personas con discapacidad.

 

¿Cuál es el plazo para pagar el impuesto?

 

El Impuesto a la Renta sujeto al presente régimen se liquidará y pagará conforme el siguiente calendario:

 

PLAZOS DE PRESENTACIÓN

 

RIMPE EMPRENDEDOR - PERSONA NATURAL

 

Si el noveno dígito es Fecha de vencimiento (hasta el día)

1

10 de marzo

2

12 de marzo

3

14 de marzo

4

16 de marzo

5

18 de marzo

6

20 de marzo

7

22 de marzo

8

24 de marzo

9

26 de marzo

0

28 de marzo

 

RIMPE EMPRENDEDOR - SOCIEDAD

 

Si el noveno dígito es Fecha de vencimiento (hasta el día)

1

10 de abril

2

12 de abril

3

14 de abril

4

16 de abril

5

18 de abril

6

20 de abril

7

22 de abril

8

24 de abril

9

26 de abril

0

28 de abril


 

 


 

¿Cómo declarar y pagar el Impuesto a la Renta?

 

La declaración del impuesto se realiza en el SRI para ello se debe contar con la clave de acceso para el SRI en línea.

 

 

 
Régimen general


 

¿Quiénes deben pagar el Impuesto a la Renta?

 

Todas las personas naturales que no se encuentren sujetos al régimen RIMPE y sus ingresos gravados anuales menos costos y gastos deducibles, sean superiores a la fracción básica gravada con tarifa cero de impuesto a la renta determinada para cada año.

En el caso de sociedades, deben declarar el Impuesto a la Renta por cualquier monto.


 

¿Cuánto deben pagar?

 

Para calcular el Impuesto a la Renta que debe pagar un contribuyente se debe considerar lo siguiente: de la totalidad de los ingresos gravados se restará las devoluciones, descuentos, costos, gastos y deducciones, imputables a tales ingresos. A este resultado lo llamamos base imponible 

La base imponible se debe aplicar a la tarifa del Impuesto a la Renta, de acuerdo con la tabla que se emita para cada año.

 

Para el año 2023 la tabla de Impuesto a la Renta es la siguiente:

 

AÑO 2023 - En dólares

 

Fracción Básica Exceso hasta Impuesto Fracción Básica % Impuesto Fracción Excedente

$ 0,00

$ 11.722,00

$ 0,00

0%

$ 11.722,00

$ 14.930,00

$ 0,00

5%

$ 14.930,00

$ 19.385,00

$ 160,00

10%

$ 19.385,00

$ 25.638,00

$ 606,00

12%

$ 25.638,00

$ 33.738,00

$ 1.356,00

15%

$ 33.738,00

$ 44.721,00

$ 2.571,00

20%

$ 44.721,00

$ 59.537,00

$ 4.768,00

25%

$ 59.537,00

$ 79.388,00

$ 8.472,00

30%

$ 79.388,00

$ 105.580,00

$ 14.427,00

35%

$ 105.580,00

en adelante

$ 23.594,00

37%

 

Una vez calculado el Impuesto a la Renta, las personas naturales que se encuentren en el régimen general pueden descontar la rebaja por gastos personales.


Consulta las tablas de Impuesto a la Renta de años anteriores en el siguiente archivo:

Descargar archivo

 

 



¿Cómo se calcula la rebaja por gastos personales?

 

Los gastos personales realizados en el año por concepto de: vivienda, educación, arte y cultura, alimentación, vestimenta, turismo y salud dan derecho a una rebaja en el Impuesto a la Renta. Para el ejercicio fiscal 2023, el monto máximo de la rebaja estará dado en función de las cargas familiares que tenga la persona o si tiene o se encuentra a cargo de personas con enfermedades catastróficas.

Revise los detalle a continuación:

Cargas Familiares N° de canastas familiares básicas (n) Límite máximo GP (CFB x n) Límite máximo rebaja GP -18%

0

7

$ 5.352,97

$ 963,53

1

9

$ 6.882,39

$ 1.238,83

2

11

$ 8.411,81

$ 1.514,13

3

14

$ 10.705,94

$ 1.927,07

4

17

$ 13.000,07

$ 2.340,01

5 o más

20

$ 15.294,20

$ 2.752,96

Personas con o a cargo de personas con enfermedades catastróficas raras y/o huérfanas

20

$ 15.294,20

$ 2.752,96

Recuerda revisar la Resolución Nro. NAC-DGERCGC23-00000020 de aplicación de la rebaja del impuesto a la renta por concepto de gastos personales.

Descargar resolución

 


 

Calculadora de Impuesto a la Renta 2023

 

Para calcular tu reducción en el Impuesto a la Renta para Personas Naturales de la nueva Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Economía Familiar, accede dando clic aquí.


 


 

¿Cuál es el plazo para pagar el impuesto?

 

Los plazos para el pago del impuesto a la renta en el régimen general varían de acuerdo al noveno dígito del RUC conforme la siguiente tabla:

 

Tabla de vencimientos

 

Si el noveno dígito del RUC es: Fecha de vencimiento (hasta el día)

1

10 de marzo 2024

2

12 de marzo 2024

3

14 de marzo 2024

4

16 de marzo 2024

5

18 de marzo 2024

6

20 de marzo 2024

7

22 de marzo 2024

8

24 de marzo 2024

9

26 de marzo 2024

0

28 de marzo 2024

 

¿Cómo declarar y pagar el Impuesto a la Renta?

 

La declaración del impuesto se realiza en el SRI, para ello se debe contar con la clave de acceso para el SRI en línea.