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Devolución del ISD

pagado por concepto de comisiones al exterior por servicios de turismo receptivo

¿Qué es

y para qué sirve?

Base

legal

¿Cómo realizo

el trámite?

Documentos

probatorios

Procedimiento


Formatos

y anexos

Seguimiento

de trámites

Quejas,

sugerencias
y felicitaciones

¿Qué es y para qué sirve?

 

Es un beneficio tributario dirigido a las personas naturales o sociedades que hayan realizado pagos por concepto de Impuesto a la Salida de Divisas de comisiones al exterior por servicios de turismo receptivo.

 

Dirigido a: *Persona natural: ecuatoriana o extranjera *Persona jurídica: privada

 

Base legal

 

  • Tercer artículo innumerado agregado a continuación del artículo 162 de la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria en el Ecuador. Ver artículo.

  • Cuarto artículo innumerado agregado a continuación del artículo 21 del Reglamento para la Aplicación del Impuesto a la Salida de Divisas. Ver artículo.

  • Resolución No. CPT-RES-2019-004 emitida por el Comité de Política Tributaria que establece los límites y condiciones para la devolución del ISD a exportadores habituales de bienes. Ver resolución.

  • Resolución No. NAC-DGERCGC19-00000047 que establece las normas que regulan el procedimiento y requisitos para la devolución del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) pagado por concepto de comisiones al exterior por servicios de turismo receptivo. Ver resolución.
     
¿Cómo realizo el trámite?

 

1. Elaboración de un escrito de solicitud de ISD, debidamente firmado por medio físico o digital (firma electrónica). 


2. El escrito de solicitud deberá identificar con claridad el periodo fiscal y monto solicitado del Impuesto a la Salida de Divisas.


3. Presentación de la solicitud física en las ventanillas de Secretaría del Servicio de Rentas Internas o si la solicitud es digital por los canales electrónicos dispuestos para el efecto. (www.sri.gob.ec)


4. Al escrito de solicitud el contribuyente podrá adjuntar los medios probatorios que considere necesarios para demostrar su derecho a la devolución, previstos en la Resolución No. NAC-DGERCGC19-00000047.


5. El Servicio de Rentas Internas receptará la solicitud de devolución y le asignará un número de trámite.

 

Documentos probatorios

 

Requisitos previos

  1. Encontrarse inscrito en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) con estado activo.

  2. Presentar el original de la cédula de ciudadanía y papeleta de votación del representante legal de la sociedad o de la persona natural. En el caso de que el representante legal fuera extranjero deberá presentar su pasaporte.

 

Requisitos generales

  1. Presentar el registro de turismo y la licencia única anual de funcionamiento vigente para el período solicitado, emitido por la autoridad de turismo competente.

  2. Haber realizado la declaración del IVA correspondiente al período por el que se solicitará la devolución del ISD en la que se registrarán las ventas por el servicio de turismo receptivo y las comisiones al exterior por dichas ventas; y,

  3. Presentar el listado de los comprobantes de venta, que soportan las comisiones que se efectúen al exterior por la prestación del servicio de turismo receptivo en medio de almacenamiento informático, respecto del cual solicita su devolución, de acuerdo con el formato publicado en el portal web del Servicio de Rentas Internas (www.sri.gob.ec), el cual deberá contener la firma de responsabilidad del solicitante.

  4. Presentar los comprobantes de venta que sustenten el pago por comisiones que se efectúen al exterior por el servicio de turismo receptivo en medio de almacenamiento informático. Respecto a los comprobantes electrónicos, constarán únicamente en el listado referido en el literal e) de la presente sección.

  5. Presentar los comprobantes de retención de la institución financiera en medio magnético, que sustenten el pago de Impuesto a la Salida de Divisas por concepto de comisiones al exterior, con excepción de los comprobantes electrónicos de retención, mismos que serán reportados en el formato correspondiente establecido en literal e). Así también se presentarán los sustentos de las transferencias realizadas hacia el exterior respecto a las comisiones mencionadas.

  6. Presentar el listado de los comprobantes de venta por la prestación del servicio de turismo receptivo, el mismo se realizará en medio de almacenamiento informático, respecto del cual solicita su devolución, de acuerdo con el formato publicado en el portal web del Servicio de Rentas Internas (www.sri.gob.ec), el cual deberá contener la firma de responsabilidad del solicitante.

  7. Presentar los comprobantes de venta por el servicio de turismo receptivo, en los que se pueda evidenciar claramente dicho servicio en medio de almacenamiento informático, así como notas de crédito por concepto de devoluciones efectuadas por el servicio de turismo receptivo y sustento de retenciones efectuadas en el exterior por el mismo concepto, en los casos que correspondan. De ser comprobantes electrónicos, deberán constar únicamente en el listado referido en el literal h) de la presente sección.

  8. Presentar el sustento de la transferencia desde el exterior a una cuenta de una institución financiera local del solicitante de la devolución por el servicio de turismo receptivo en medio de almacenamiento informático. El detalle de estos documentos deberá constar en el listado referido en el literal h) de la presente sección.

  9. Presentar el contrato en medio de almacenamiento informático que permita validar los pagos por concepto de comisiones al exterior por turismo receptivo por los cuales se haya pagado el ISD, en caso de existir. 

 

 


 

Procedimiento


Atención de trámites ingresados a través de los canales dispuestos para el efecto

  • El Servicio de Rentas Internas verificará que la solicitud de devolución se encuentre con la legitimación del compareciente, sea clara y completa. Si no cumple esta validación emitirá un oficio de archivo.

  • Una vez admitido el trámite se revisará y solicitará, de ser el caso, los documentos probatorios necesarios. 

  • Analizada la información del expediente se emitirá una resolución que será notificada al solicitante.

 

Notificación

Para todas las solicitudes recibidas en nuestros canales de atención se prioriza la notificación por medios electrónicos como el buzón del contribuyente del portal transaccional SRI en línea disponible en www.sri.gob.ec.

Reintegro de valores

En las solicitudes que requieran devolución mediante nota de crédito desmaterializada se emitirán como un “saldo o anotación electrónica”, que se acreditará en la cuenta virtual creada para el efecto, a nombre del beneficiario.  Para mayor información de clic aquí. 

 

Formatos y anexos

 

  •  Solicitud de devolución del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) pagado por concepto de comisiones al exterior por servicios de turismo receptivo. Ver formato 

  •  Listado de los comprobantes de venta, que soportan las comisiones que se efectúen al exterior por la prestación del servicio de turismo receptivo. Ver formato 

  •  Listado de los comprobantes de venta por la prestación del servicio de turismo receptivo. Ver formato 

 

El Servicio de Rentas Internas pone a disposición de los contribuyentes y de la ciudadanía las herramientas necesarias (formato de documentos y aplicativo de generación de código único) para el ingreso de información digital solicitada por la Administración Tributaria; que son:

 

  •  Formato del listado y código de los documentos digitales. Ver formato.

  •  Carta de certificación y responsabilidad de la información para el ingreso de documentación digital. Ver formato.

  •  Instructivo para la Generación de código para la identificación de documentos. Ver instructivo. 

 

Seguimiento de trámites

 

CANAL TELEFÓNICO 
 

Llame al 1700 SRI SRI (1700 774 774), o a las líneas fijas 043 805 920 y 032 998 100 a escala nacional. Para mayor información dé clic aquí.

CANAL PRESENCIAL 
Los centros de atención están a disposición de los contribuyentes en las 24 provincias del Ecuador, brindan información y asistencia para la gestión de sus trámites tributarios. Para mayor información dé clic aquí.

CANAL AUTOMÁTICO
SRI en Línea
Consulte el estado de su trámite en el portal SRI en línea, siguiendo la ruta: Trámites y Notificaciones /Notificaciones/ seguimiento de trámites o dando clic aquí.

 

Quejas, sugerencias y felicitaciones

 

Si cuenta con iniciativas o propuestas para mejorar la calidad de los procesos, productos y servicios, o desea reportar algún inconveniente presentado con el Servicio de Rentas Internas hágalo a través del siguiente enlace.