Devolución del IVA
pagado por la adquisición local de chasis y carrocerías
Requisitos
El ingreso de la solicitud de devolución de impuestos deberá efectuarse a través de los canales presenciales o electrónicos; y, la información se presentará de manera digital. Aquellos documentos que requieran la suscripción del beneficiario deberán contener la firma electrónica.
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Además de estos requisitos se deberá tomar en cuenta:
Si el trámite es realizado por una persona jurídica |
Si el trámite es presentado por el representante legal:
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Procedimiento
Procedimiento |
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Formatos
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Documentación en medio Digital:
El Servicio de Rentas Internas pone a disposición de los contribuyentes y de la ciudadanía las herramientas necesarias (formato de documentos y aplicativo de generación de código único) para el ingreso de información digital en medios magnéticos, solicitada por la Administración Tributaria; que son:
- Formato del listado y código de los documentos digitales. Ver formato.
- Carta de certificación y responsabilidad de la información para el ingreso de documentación digital. Ver formato ingreso canales alternativos - Ver formato ingreso ventanilla.
- Instructivo para la generación de código para la identificación de documentos. Ver instructivo.
- Aplicativo HashMyFiles. Ver aplicativo.
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Documentos probatorios
- Documentos en los cuáles se compruebe el crédito tributario por el IVA pagado en las adquisiciones locales chasises y carrocerías.
- Documentos en los que se compruebe que no se compensó o reembolsó el crédito tributario.
- Documentos en los cuáles se compruebe que el chasis y/o carrocería por el cual se solicita devolución está prestando el servicio de transporte terrestre público de pasajeros en buses de servicio urbano.
Base legal
- Beneficio: artículo no numerado a continuación del artículo 66 de la Ley de Régimen Tributario Interno.
- Condiciones que se debe tomar en cuenta: artículo 174 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno.
- Transporte terrestre público de pasajeros en buses de servicio urbano: artículo 60 del Reglamento General para la aplicación de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
- Concepto de chasis y carrocería: artículo 392 del Reglamento General para la aplicación de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
- Resolución NAC-DGERCGC16-00000152 publicada en el S.R.O. 733 del 14 de abril de 2016: Especificaciones para la entrega de información a través de medios magnéticos.
- Resolución NAC-DGERCGC19-00000037 publicada en el R.O. 19 del 16 de agosto de 2019: Procedimiento para la devolución del IVA pagado en la adquisición de chasis y carrocería.
RECUERDE QUE EL ACTIVO POR EL CUAL SOLICITA DEVOLUCIÓN DEBERÁ PERMANECER PRESTANDO EL SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE PÚBLICO DE PASAJEROS EN BUSES DE SERVICIO URBANO AL MENOS POR UN TIEMPO IGUAL A CINCO (5) AÑOS; CASO CONTRARIO DEBERÁ RELIQUIDAR LOS VALORES DEVUELTOS EN FUNCIÓN DEL TIEMPO TRANSCURRIDO