Pago en línea

Pago en Línea es un servicio que permite consultar y pagar en una sola transacción los valores pendientes que mantenga con el SRI, tales como: deudas tributarias, declaraciones e impuestos vehiculares. Puede pagar uno o varios valores al mismo tiempo utilizando tarjetas de crédito o débito. Una vez realizado el pago, su estado tributario se actualizará el mismo día de la transacción de pago.
Este servicio está disponible tanto en el portal web del SRI como en las agencias de la institución.

Art. 71 del Código Tributario
Facultad recaudadora.- La recaudación de los tributos se efectuará por las autoridades y en la forma o por los sistemas que la ley o el reglamento establezcan para cada tributo. El cobro de los tributos podrá también efectuarse por agentes de retención o percepción que la ley establezca o que, permitida por ella, instituya la administración.
Art. 43 del Código Tributario
Cómo debe hacerse el pago.- Salvo lo dispuesto en leyes orgánicas y especiales, el pago de las obligaciones tributarias se hará en efectivo, en moneda de curso legal; mediante cheques, débitos bancarios debidamente autorizados, libranzas o giros bancarios a la orden del respectivo recaudador del lugar del domicilio del deudor o de quien fuere facultado por la ley o por la administración para el efecto. Cuando el pago se efectúe mediante cheque no certificado, la obligación tributaria se extinguirá únicamente al hacerse efectivo.
Art. 14 de la Ley Orgánica para la Optimización y Eficiencia de Trámites Administrativos
Sistema de pagos en línea
Se crea el sistema de pagos en línea para los valores relativos a trámites administrativos, con el objeto de permitir el pago de los valores generados por la gestión de trámites mediante transacciones realizadas a través de Internet, emitiendo el correspondiente comprobante electrónico de pago.
Art. 37 del Reglamento General a la Ley Orgánica para la Optimización y Eficiencia de Trámites Administrativos
Mecanismos de pago directo
Las entidades y organismos de la Administración Pública que brinden servicios a la ciudadanía deberán disponer en su portal web de mecanismos de pago directo, observando las disposiciones emitidas por el Banco Central del Ecuador respecto de las entidades corresponsales y sistemas auxiliares de pago autorizados para efectuar la recaudación de recursos públicos.
Para efectuar sus pagos considerar los siguientes pasos:

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CANAL AUTOMÁTICOSRI en Línea (Portal Transaccional)
Para el pago de obligaciones tributarias acceda aquí.
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CANAL PRESENCIAL |
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