Autorización
de débitos automáticos
La obligatoriedad del registro de la información sobre cuentas bancarias, y autorización de débito para el pago de impuestos aplica para los sujetos pasivos detallados en la resolución No. NAC-DGERCGC22-00000050 publicada en el Primer Suplemento del Registro Oficial 182 de 02 de noviembre de 2022.
Esta forma de pago permite a los contribuyentes cumplir con sus obligaciones tributarias mediante débitos automáticos.
Mediante Resolución No. NAC-DGERCGC22-00000050 publicada en el Primer Suplemento del Registro Oficial 182 de 02 de noviembre de 2022, artículo 1 y 2, se establece la obligatoriedad del registro de la información sobre cuentas bancarias, y autorización de débito para el pago de impuestos, a los siguientes sujetos pasivos:
a) Las personas naturales obligadas a llevar contabilidad y las sociedades;
b) Los contribuyentes que emitan comprobantes de venta, retención y documentos complementarios, a través de mensajes de datos y firmados electrónicamente; y,
c) Los contribuyentes que formen parte de procesos de control iniciados por la Administración Tributaria, conforme la notificación por esta efectuada.
Los contribuyentes que aún no han registrado su cuenta en el Servicio de Rentas Internas deberán registrar al menos una cuenta bancaria válida, por los canales habilitados para el efecto.
- El documento debe ser llenado a tinta, con letra clara y legible.
- No debe contener manchones, repisados, enmendaduras o escritos que no correspondan a los campos de la solicitud.
- Para evitar el rechazo en sus débitos, la cuenta registrada deberá disponer de los fondos suficientes; caso contrario, la declaración constará como impaga, generando los intereses de ley y las acciones de cobro respectivas.
- La información provista en el presente formulario es de su completa responsabilidad.
CANAL AUTOMÁTICOSRI en Línea (Portal Transaccional)
Registro y/o actualización de débito bancario aquí.
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CANAL PRESENCIALPuede acudir al centro de atención de su preferencia, verifique aquí las agencias habilitadas a nivel nacional.
Requisitos
Formulario de autorización de débito automático a través de las instituciones financieras que mantiene convenio de recaudación con el SRI aquí. Presentación de la cédula de identidad del contribuyente / pasaporte / licencia de conducir ecuatoriana |
Si cuenta con iniciativas o propuestas para mejorar la calidad de los procesos, productos y servicios, o desea reportar algún inconveniente presentado con el Servicio de Rentas Internas hágalo a través del siguiente enlace.