Autorización
A TERCEROS
La Autorización a Terceros en un certificado electrónico, que permite a los ciudadanos y/o contribuyentes otorgar mediante el portal SRI en línea una autorización para que terceras personas ejecuten los trámites a su nombre en el Servicio de Rentas Internas, siendo este el único medio de autorización establecido, excepto en los casos que cuenten con un poder legalmente otorgado.
- Las cartas de autorización firmadas manualmente no son válidas -
Mediante resolución NAC-DGERCGC18-00000410 S.R.O. 347 de 15-10-2018, se expidió el procedimiento para que los sujetos pasivos autoricen en línea la ejecución de sus trámites a terceras personas.
Este documento explica de manera detallada el procedimiento que debe seguir para obtener la Autorización a Terceros en el portal SRI en línea.
Para obtener este certificado y autorizar a terceras personas a realizar trámites a su nombre, el titular debe contar con la clave de acceso al portal SRI en línea, en caso de no tenerla revise la siguiente información, Generación de clave.
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CANAL AUTOMÁTICOSRI en Línea (Portal Transaccional)
Para generar la autorización a terceros, debe ingresar al portal transaccional SRI en línea, sección Certificados / Autorización a Terceros / Generar Autorización y completar los datos solicitados, al final del proceso obtendrá el certificado.
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CANAL AUTOMÁTICOSRI en Línea (Portal Transaccional)
Para consultar y anular los certificados de Autorización a Terceros, debe ingresar al portal transaccional SRI en línea, sección Certificados / Autorización a Terceros / Consultar Autorización, ahí encontrará el historial de certificados emitidos y en caso de detectar autorizaciones vigentes podrá realizar la anulación de requerirlo.
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