Autorización
A TERCEROS
La Autorización a Terceros en un certificado electrónico, que permite a los ciudadanos y/o contribuyentes otorgar mediante el portal SRI en línea una autorización para que terceras personas ejecuten los trámites a su nombre en el Servicio de Rentas Internas, siendo este el único medio de autorización establecido, excepto en los casos que cuenten con un poder legalmente otorgado.
- Las cartas de autorización firmadas manualmente no son válidas -
Mediante resolución NAC-DGERCGC18-00000410 S.R.O. 347 de 15-10-2018, se expidió el procedimiento para que los sujetos pasivos autoricen en línea la ejecución de sus trámites a terceras personas.
Este documento explica de manera detallada el procedimiento que debe seguir para obtener la Autorización a Terceros en el portal SRI en línea.
Para obtener este certificado y autorizar a terceras personas a realizar trámites a su nombre, el titular debe contar con la clave de acceso al portal SRI en línea, en caso de no tenerla revise la siguiente información, Generación de clave.
CANAL AUTOMÁTICOSRI en Línea (Portal Transaccional)
Para generar la autorización a terceros, debe ingresar al portal transaccional SRI en línea, sección Certificados / Autorización a Terceros / Generar Autorización y completar los datos solicitados, al final del proceso obtendrá el certificado.
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CANAL AUTOMÁTICOSRI en Línea (Portal Transaccional)
Para consultar y anular los certificados de Autorización a Terceros, debe ingresar al portal transaccional SRI en línea, sección Certificados / Autorización a Terceros / Consultar Autorización, ahí encontrará el historial de certificados emitidos y en caso de detectar autorizaciones vigentes podrá realizar la anulación de requerirlo.
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