Servicio de Rentas Internas

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Preguntas

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transporte

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Tributario

Guias

para el contribuyente

¿Qué es y para qué sirve?

 

La facturación física es un instrumento que permite emitir comprobantes de venta autorizados por el SRI. Sirve para respaldar las transacciones efectuadas por los contribuyentes en la transferencia de bienes, por la prestación de servicios o la realización de otras transacciones gravadas con tributos.
 
 
El Servicio de Rentas Internas autoriza tres tipos de documentos. Estos son:
 
1. Comprobantes de venta. Se los debe entregar cuando se transfieren bienes, se prestan servicios o se realizan transacciones gravadas con tributos. Los tipos de comprobantes de venta son:
 
  • Facturas: destinadas a sociedades o personas naturales que tengan derecho a crédito tributario y en operaciones de exportación.
  • Notas de Venta: Son emitidas exclusivamente por contribuyentes considerados como Negocios Populares del Régimen RIMPE
  • Liquidaciones de compra de bienes y prestación de servicios: las emiten sociedades personas naturales y sucesiones indivisas en servicios o adquisiciones de acuerdo a las condiciones previstas en el Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y Documentos Complementarios vigente.
  • Tiquetes emitidos por máquinas registradoras y boletos o entradas a espectáculos públicos: se emiten en transacciones con usuarios finales, no identifican al comprador, únicamente en la emisión de tiquete si se requiere sustentar el gasto deberá incorporarse los datos del comprador o exigir una factura o nota de venta.
  • Otros documentos autorizados. Emitidos por instituciones financieras, documentos de importación y exportación, tickets aéreos, instituciones del Estado en la prestación de servicios administrativos: sustenta costos y gastos y crédito tributario siempre que cumpla con las disposiciones vigentes.
 
2. Comprobantes de retención. Comprobantes que acreditan la retención del impuesto, lo efectúan las personas o empresas que actúan como agentes de retención.
 
3. Documentos complementarios. Son documentos complementarios a los comprobantes de venta cuya finalidad es la siguiente:
 
  • Notas de crédito: se emiten para anular operaciones, aceptar devoluciones y conceder descuentos o bonificaciones.
  • Notas de débito: se emiten para cobrar intereses de mora y para recuperar costos y gastos, incurridos por el vendedor con posterioridad a la emisión del comprobante.
  • Guías de remisión: sustenta el traslado de mercaderías dentro del territorio nacional.

 

 
Formatos

 

Los comprobantes de venta, comprobantes de retención y documentos complementarios deberán contener, al menos, la siguiente información de forma pre impresa.
 

 Conozca los requisitos preimpresos y de llenado de comprobantes de venta.

Se presenta un formato sugerido por cada tipo de documento.
 
 
Recuerde:
 
Si el número secuencial en los documentos autorizados por el SRI no completan los 9 dígitos, los ceros a la izquierda pueden encontrarse omitidos de manera parcial o total sin que esto invalide los mismos, conforme lo dispone el numeral 5 del Art. 18 del Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y Documentos Complementarios.
 
Puede consultar la validez de los documentos en la sección SRI en Línea de nuestra página web (Sistema de Facturación) y a través del SRI Telefónico (1 700 SRI SRI).
 
Formatos sugeridos de comprobantes de venta:
 

 
 
Formatos sugeridos de documentos complementarios:
 
 
Formatos sugeridos de Comprobante de Retención:
 

 

Formatos sugeridos con IVA tarifa reducida (Servicios Turísticos):

 
Documentos facilitados por la Superintendencia de Compañías:
 
 
Formas de Pago:
 

 

Validación de comprobantes

El contribuyente puede revisar la validez de un comprobante pre impreso. 

Para más información sobre la realización de consultas, dé clic aquí.

 

Imprentas autorizadas

 

El Servicio de Rentas Internas autorizará a cada uno de los establecimientos gráficos, para que impriman comprobantes de venta, documentos complementarios y comprobantes de retención, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por la Administración Tributaria.
 
 
Para más información dé clic aquí.
 
 
Registradoras y taxímetros

 

Las máquinas registradoras y taxímetros deberán ser exclusivamente del tipo de programa cerrado, que no permita realizar modificaciones o alteraciones en los comprobantes emitidos ni en su copia, cinta de auditoría o cinta testigo, ni en la impresión de los reportes de venta.  
 
 
 
Normativa para la homologación de taxímetros
 
 
Máquinas registradoras autorizadas
 
Usted podrá descargar el listado de máquinas registradoras autorizados por el Servicio de Rentas Internas actualizadas a febrero de 2014.
 
 
Preguntas frecuentes

Revise las preguntas frecuentes de esta sección aquí.
 
Sector transporte

 

Revise las formas de facturación a las que puede acogerse el sector del trasporte, haga clic aquí.

 

Estado Tributario

El estado tributario facilita la consulta de los contribuyentes constatando el plazo de vigencia de los comprobantes de venta, retención y documentos complementarios para la emisión de comprobantes preimpresos.
 
Recuerde que puede verificar su estado tributario aquí.