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¿Qué es

y para qué sirve?

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legal

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Técnicas

Etapa

de Transición

¿Qué es y para qué sirve?

 

Es la identificación, marcación, autentificación, rastreo y trazabilidad fiscal para los bienes gravados con el Impuesto a los Consumos Especiales (ICE). Es utilizado como un mecanismo de control que permite a la administración tributaria contar con información respecto a la producción, comercialización y otros aspectos necesarios para el control tributario. Opera a través de la colocación y activación de componentes físicos de seguridad (CFS) en cada producto.

Objetivos

  • Fortalecer y mejorar el control  tributario del ICE.
  • Combatir la evasión, elusión tributaria y esquemas de planificación fiscal agresiva.

Bienes sujetos de control

Los bienes de producción nacional e importados para el consumo obligados a aplicar mecanismos de control a través de trazabilidad fiscal son:

  • Bebidas alcohólicas.
  • Cerveza industrial, exceptúese a la cerveza industrial importada.
  • Cigarrillos.

Componente Físico de Seguridad - CFS

El CFS es un código o dispositivo físico, visible, adherido o impreso en los productos, en su tapa, envase, envoltura, empaque, que permite la verificación física o electrónica de su validez a organismos de control, entidades públicas, sujetos pasivos y consumidores finales.

Tipos de CFS y proveedores.


Código ICE – SKU

Corresponde a un código único generado para cada tipo de producto. Todos los contribuyentes obligados a aplicar mecanismos de control deberán generar el código ICE – SKU para sus productos y entregar la información al proveedor del servicio.

El código ICE corresponde al código utilizado para presentar los anexos de ICE o Precios de Venta al Público –PVP, conformado por 40 caracteres de códigos secundarios:  código del impuesto – clasificación – marca – presentación – capacidad – unidad de medida – país – grado alcohólico. 

 

 

Código impuesto

Código clasificación

Código marca

Código presentación

Código capacidad

Código unidad

Código país

Código grado alcohólico

 

4 caracteres

3 caracteres

6 caracteres

3 caracteres

6 caracteres

2 caracteres

3 caracteres

6 caracteres

Código

3031

009

000001

013

000001

60

593

000020

Descripción

ICE bebidas alcohólicas

Anisados

Ejemplo

Botella de vidrio no retornable

1

Litros

Ecuador

10

 

 

Flujo Trazabilidad

 

 

Requisitos

 

Contribuyentes: 

  • Deberán contratar el proveedor del servicio de identificación, marcación, rastreo y trazabilidad fiscal.
  • El proveedor del servicio no podrá ser parte relacionada. 
  • Cumplir con las especificaciones técnicas.

Componentes físicos de seguridad:

Deberán cumplir con tres (3) elementos de seguridad:

  • Abierta / visible: Pueden ser verificados a simple vista sin equipamiento o dispositivo especial. 
  • Semi-cubierta: Requieren de una herramienta para su lectura.
  • Cubierta: Requieren de una herramienta especializada para su verificación, que, a más de una herramienta de lectura, deriva en la información específica del producto.

Proveedor del servicio: Deberá cumplir con las especificaciones técnicas y remitir la información al SRI dentro de los plazos definidos y medio establecido:

  • Con periodicidad semanal, hasta el primer día hábil de la siguiente semana de la activación de los CFS, a través del Protocolo de Transferencia de Archivo –FTP-.

"Cuando esta fecha coincida con un día de descanso obligatorio o feriado nacional o local, esta se trasladará al siguiente día hábil.”

Deberá solicitar el acceso al FTP, presentando los siguientes documentos en Secretaría del SRI a nivel nacional:

  • Acta de responsabilidad y buen uso del acceso a las carpetas de información de la herramienta FTP - Descargar documento

Códigos ICE – SKU: Cuando se requiera crear un nuevo código secundario de marca – presentación – capacidad – unidad de medida – grado alcohólico, se deberá remitir la solicitud a la dirección de correo electrónico simar@sri.gob.ec. El tamaño del correo no deberá superar 4 megabytes, se deberá adjuntar:

  • Formato de solicitud de Códigos ICE debidamente lleno y firmado electrónicamente - Descargar documento
  • Documento sanitario vigente emitido por la autoridad sanitaria (completo y legible).

 

Base legal

 

Normativa de trazabilidad fiscal

 


  • Resolución No. NAC-DGERCGC21-00000019 publicada en el Cuarto Suplemento al Registro Oficial Nro. 432 de 15 de abril de 2021. Establece las regulaciones generales para la aplicación de los mecanismos de trazabilidad fiscal previstos en los artículos 279.1 y siguientes del reglamento para la aplicación de la ley de régimen tributario interno, introducidos mediante el artículo 87 del reglamento para la aplicación de la ley orgánica de simplificación y progresividad tributaria.









 

 


Para revisar información SIMAR dé clic aquí.


 

Etapa de Transición

 

En la ficha técnica para proveedores del servicio de identificación, marcación, autentificación, rastreo y trazabilidad fiscal, en el numeral 12 se establece la “Fase de transición para la implementación de la Resolución NAC-DGERCGC21-00000019 para productores o fabricantes nacionales de marcación directa o indirecta y línea automática e importadores”, en la que, se podrá considerar que los CFS cumplan por lo menos con el elemento de seguridad “Abierta / Visible” y que los sujetos pasivos que se adhieran a la fase de transición, imprimirán el código de lote de producción en el producto.

Lotes informados en la etapa de transición