DEVOLUCIÓN DEL IVA
a Ejecutores de Convenios Internacionales
Es un mecanismo mediante el cual el Servicio de Rentas Internas reconoce el valor del IVA pagado en las adquisiciones realizadas por las instituciones que han sido designadas ejecutores en convenios internacionales, créditos de gobierno a gobierno o de organismos multilaterales.
Nota: Las resoluciones se expedirán en el plazo de 120 días hábiles, contados desde el día hábil siguiente al de la presentación de la solicitud, o al de la aclaración o ampliación que disponga la autoridad administrativa.
Dirigido a: Persona jurídica: privada |
- Segundo inciso del artículo 73 de la Ley de Régimen Tributario Interno. Organismos designados como ejecutores en convenios internacionales que pueden solicitar la Compensación presupuestaria del valor equivalente al Impuesto al Valor Agregado (IVA) pagado.
- Resolución No. NAC-DGERCGC23-00000021. Regulaciones necesarias para la verificación del Impuesto al Valor Agregado pagado en la adquisición local o importación de bienes y Demanda de servicios por las agencias especializadas internacionales, organismos no gubernamentales y personas jurídicas de derecho privado designadas ejecutoras en convenios internacionales, créditos de gobierno a gobierno o de organismos multilaterales, previo el proceso de compensación presupuestaria.
1. Elaboración de un escrito de solicitud de verificación de valores de IVA, debidamente firmado por medio físico o digital (firma electrónica).
2. El escrito de solicitud deberá identificar con claridad el periodo fiscal y monto solicitado de IVA.
3. Presentación de la solicitud física en las ventanillas de Secretaría del Servicio de Rentas Internas o si la solicitud es digital por los canales electrónicos dispuestos para el efecto. (www.sri.gob.ec)
4. Al escrito de solicitud el contribuyente podrá adjuntar los medios probatorios que considere necesarios para demostrar su derecho a la devolución, previstos en el artículo 3 de la Resolución No. NAC-DGERCGC23-00000021.
5. El Servicio de Rentas Internas receptará la solicitud de devolución y le asignará un número de trámite.
Importante: Los convenios internacionales deben encontrarse registrados en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, previo a la presentación de la solicitud de verificación de valores del IVA. |
El sólo registro del Convenio Internacional no califica a la institución que lo presenta como sujeto al derecho a la Devolución del IVA, ya que debe cumplir las condiciones establecidas en la normativa legal y reglamento vigentes.
Requisitos generales |
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Atención de trámites ingresados a través de los canales dispuestos para el efecto
- El Servicio de Rentas Internas verificará que la solicitud de verificación de valores del IVA se encuentre con la legitimación del compareciente, sea clara y completa. Si no cumple esta validación emitirá un oficio de archivo.
- Una vez admitido el trámite se revisará y solicitará, de ser el caso, los documentos probatorios necesarios.
- Analizada la información del expediente se emitirá una resolución que será notificada al solicitante y; al Ministerio de Economía y Finanzas para el respectivo proceso de compensación presupuestaria.
Notificación
Para todas las solicitudes recibidas en nuestros canales de atención se prioriza la notificación por medios electrónicos como el buzón del contribuyente del portal transaccional SRI en línea disponible en www.sri.gob.ec.
Reintegro de valores
Los valores reconocidos son informados al Ministerio de Economía y Finanzas a fin de que se realice el proceso de compensación presupuestaria de los valores del IVA verificados y reconocidos por el SRI.
- Solicitud de verificación de valores del IVA. Ver formato.
- Listado de Adquisiciones. Ver formato.
El Servicio de Rentas Internas pone a disposición de los contribuyentes y de la ciudadanía las herramientas necesarias (formato de documentos y aplicativo de generación de código único) para el ingreso de información digital solicitada por la Administración Tributaria; que son:
Documentación en medio Digital:
- Formato del listado y código de los documentos digitales. Ver formato.
- Carta de certificación y responsabilidad de la información para el ingreso de documentación digital. Ver formato.
- Instructivo para la Generación de código para la identificación de documentos. Ver instructivo.
- Aplicativo HashMyFiles. Ver aplicativo.
CANAL TELEFÓNICOLlame al 1700 SRI SRI (1700 774 774), o a las líneas fijas 043 805 920 y 032 998 100 a escala nacional. Para mayor información dé clic aquí. |
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CANAL PRESENCIALLos centros de atención están a disposición de los contribuyentes en las 24 provincias del Ecuador, brindan información y asistencia para la gestión de sus trámites tributarios. Para mayor información dé clic aquí.
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CANAL AUTOMÁTICOSRI en Línea
Consulte el estado de su trámite en el portal SRI en línea, siguiendo la ruta: Trámites y Notificaciones /Notificaciones/ seguimiento de trámites o dando clic aquí.
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Si cuenta con iniciativas o propuestas para mejorar la calidad de los procesos, productos y servicios, o desea reportar algún inconveniente presentado con el Servicio de Rentas Internas hágalo a través del siguiente enlace.