Devolución automática del IVA
a personas adultas mayores y personas con discapacidad
Las personas adultas mayores, al cumplir los 65 años de edad, tienen derecho a la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) generado en la adquisición local de bienes y servicios de consumo personal.
Recuerde que la devolución del IVA no aplica en la adquisición de bienes y servicios destinados para actividades comerciales.
Las personas con discapacidad que posea un porcentaje igual o superior al treinta por ciento (30%), o sus sustitutos, conforme la calificación efectuada por la autoridad sanitaria nacional, podrán solicitar la devolución del IVA pagado en la adquisición local de los siguientes bienes o servicios, por mandato de la ley.
A partir de enero de 2022, el monto máximo mensual de devolución del IVA para bienes y servicios de primera necesidad, de consumo o uso personal corresponde a USD 102.
Beneficio tributario mensual del IVA para periodos anteriores |
Año 2021: USD 96 |
El monto a reconocer varía según el porcentaje de discapacidad del beneficiario, conforme a la aplicación de la tabla de proporcionalidad prevista en el artículo 21 del Reglamento a la Ley Orgánica de Discapacidades:
Grado de discapacidad | Porcentaje de aplicación del beneficio |
Del 30% al 49% | 60% |
Del 50% al 74% | 70% |
Del 75% al 84% | 80% |
Del 85% al 100% | 100% |
Proporcionalidad del monto máximo mensual según el rango de discapacidad:
Monto a reconocer según porcentaje de discapacidad |
USD 102 X 60% = USD 61,20 |
USD 102 X 70% = USD 71,40 |
USD 102 X 80% = USD 81,60 |
USD 102 X 100% = USD 102 |
Requisitos básicos |
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Requisitos espaciales para persona adulta mayor |
En caso de que la solicitud sea firmada por un tercero:
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Requisitos espaciales para persona con discapacidad |
En caso de que la solicitud sea firmada por un tercero:
En caso de que la solicitud sea presentada calidad de en sustituto:
En caso de que la solicitud sea presentada en calidad de representante legal (padre, madre, curador o mandatario):
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Beneficiario y SRI "Registro de canal automático y generación de código de confirmación"
Recuerde que el proceso de registro en el canal se lo realiza por única vez; por lo tanto, su código de confirmación debe ser actualizado de forma frecuente por su seguridad, en la opción “Recuperación código de confirmación” del menú Devoluciones (Tax Refund), del portal transaccional SRI en línea.
Beneficiario y Emisor electrónico "Aplicación de la devolución automática del IVA"
Recuerde que en SRI en línea de www.sri.gob.ec podrá obtener los siguientes servicios:
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Recuerde que la solicitud de registro para el canal automático debe realizarse únicamente en caso de que no haya sido notificado con el código de confirmación.
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- Artículo 14 de la Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores. Exoneración de Impuestos Fiscales.
- Artículo innumerado a continuación del artículo 74 de la Ley de Régimen Tributario Interno. Devolución del IVA a personas adultas mayores.
- Disposición General innumerada segunda de la Ley de Régimen Tributario Interno. Mecanismos de devolución automática.
- Artículo 181 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno. Devolución del IVA a personas adultas mayores.
- Artículos 181.1 y 181.2 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno. Bienes y servicios de primera necesidad susceptibles de devolución del IVA y su control.
- Resolución No. NAC-DGERCGC20-00000059. Normas que regulan el procedimiento y requisitos para la devolución del IVA a personas adultas mayores.
- Resolución No. NAC-DGERCGC22-00000045, Normas que regulan el procedimiento y requisitos para la Devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a personas con discapacidad o sus sustitutos.