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Devolución del IVA a las Sociedades y Personas Naturales

que desarrollen proyectos de construcción de vivienda de interés social

¿Qué es

y para qué sirve?

¿Cómo realizo

el trámite

¿Cómo se atiende

el trámite?

¿Qué necesito

para realizar el trámite?

Seguimiento

de trámites

Base legal


Quejas,

Sugerencias
y Felicitaciones

¿Qué es y para qué sirve?

 

La devolución de IVA permite a las sociedades y personas naturales que desarrollen proyectos de construcción de viviendas de interés social y que se encuentren debidamente calificados, acceder al reintegro de los valores pagados por IVA relacionado con los costos directamente atribuibles al proyecto mediante la presentación de requisitos correspondientes en los diferentes canales de atención habilitados a nivel nacional.


¿Quiénes tienen derecho?

Las sociedades y las personas naturales que desarrollen proyectos de construcción de vivienda de interés social en proyectos calificados por parte del ente rector en materia de vivienda.


Dirigido a: Persona natural: ecuatoriana o extranjera o Persona jurídica: privada o pública.


¿Cuándo pueden solicitar la devolución?

La solicitud de devolución se podrá presentar por períodos mensuales, a partir de la fecha de emisión del certificado de calificación del proyecto. En el caso de que el solicitante desarrolle varios proyectos de construcción de viviendas de interés social por los que tenga derecho a la devolución de IVA, deberá presentar una solicitud por cada proyecto; si bien se presentarán de manera separada, pueden ser presentadas en un mismo mes.


¿Qué monto puedo solicitar?

El valor que se devuelva a los constructores de vivienda de interés social, sin intereses, no podrá exceder el valor del IVA registrado en el presupuesto y demás documentación que forme parte de la calificación o actualización del proyecto de construcción de vivienda de interés social emitida por parte del ente rector en materia de vivienda, relacionado con los costos directamente atribuibles al proyecto y debidamente respaldados en comprobantes de venta que se encuentren a nombre del sujeto pasivo responsable del proyecto, siempre que las mismas no hayan sido compensadas ni reembolsadas de cualquier otra forma. 

 

¿Cómo realizo el trámite

 

El trámite permite, a las personas naturales o jurídicas que desarrollen proyectos de construcción de vivienda de interés social, solicitar su devolución al presentar los requisitos correspondientes en los diferentes canales de atención habilitados a escala nacional.

 

CANAL AUTOMÁTICO

Se encuentra disponible para realizar el proceso de prevalidación como requisito previo al ingreso en cualquiera de los canales habilitados.

SRI en Línea (Portal Transaccional)
 

Para realizar la PREVALIDACIÓN de su solicitud, ingrese a la página web www.sri.gob.ec, opción "SRI en línea“ e inicie sesión con su usuario y contraseña.  

En el menú, seleccione la opción “Devoluciones (TAX REFUND)”, escoger el submenú “Devoluciones de IVA” y dé clic en la opción PREVALIDACIÓN. En las opciones que se despliegan en la pantalla principal, escoja PREVALIDACIÓN, seleccione el sector VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL de la lista desplegable e identifique el período solicitado. 

Recibirá un reporte de prevalidación que le informará las posibles inconsistencias presentadas en los requisitos y en los comprobantes de venta que fueron registrados en el anexo de la declaración correspondiente, que deberá adjuntar a su trámite.

Para acceder al servicio dé clic aquí.

CANAL AUTOMÁTICO

SRI en Línea (Ingreso de trámites)

Para las solicitudes  tanto de sociedades como personas naturales, ingrese al portal transaccional SRI en línea, seleccione en el menú Trámites y notificaciones, sub menú Trámites y de clic sobre la opción Ingreso de trámites y anexos.  Escoja el ícono Ingresar un trámite, seleccione el servicio Devolución de Impuestos y busque el trámite Devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a viviendas de interés social.

Complete los datos requeridos en las pantallas del sistema y tenga listos los archivos que se adjuntarán con la información y requisitos necesarios  para  completar su petición. Una vez registrado, obtendrá el número de trámite con el cual se realizará la atención a la solicitud.

Consulte aquí la Guía de ingreso de trámites. 

CANAL PRESENCIAL 
Acuda a las Centros de Atención del Servicio de Rentas Internas habilitados en todas las provincias del país. Para conocer su ubicación y horario atención, acceda  aquí.
 
Procedimiento para ingresar el trámite a través del canal presencial:
 
- Presentar la solicitud dispuesta para cada caso, en los Centros de Atención.
- Adjuntar los requisitos establecidos para la atención del trámite.
- Adjuntar los documentos de sustento que el peticionario considere necesario para la atención de su solicitud.

 

¿Cómo se atiende el trámite?

 

Atención de trámites ingresados a través de las ventanillas o canales electrónicos

  • El Servicio de Rentas Internas analizará el trámite y, de ser necesario, concederá un tiempo para legitimar y/o completar con los hechos materia de la solicitud.
  • El Servicio de Rentas Internas emitirá una resolución u oficio de respuesta, mismo que será notificado al peticionario en un plazo no mayor de 90 días laborables.

Notificación

 

Para todas las solicitudes recibidas en nuestros canales de atención se prioriza la notificación por medios electrónicos como el buzón del contribuyente del portal transaccional SRI en línea disponible en www.sri.gob.ec.


Desembolso de valores

 

Para los trámites que soliciten devolución mediante acreditación en cuenta bancaria se efectuará conforme disponibilidad del fondo dispuesto para el efecto por el Ministerio de Economía y Finanzas.  

En las solicitudes que requieran devolución mediante nota de crédito desmaterializada se emitirán como un “saldo o anotación electrónica”, que se acreditará en la cuenta virtual creada para el efecto, a nombre del beneficiario.  

Para más información ingrese aquí. 

 

¿Qué necesito para realizar el trámite?

 

Requisitos

 

Requisitos (básicos) para ingresar el trámite:

Revise los requisitos necesarios para devolución de IVA a las Sociedades y Personas Naturales que desarrollen proyectos de construcción de vivienda de interés social.

Los requisitos podrán presentarse en medios físicos o digitales de acuerdo con las especificaciones para la entrega de información a través de medios magnéticos establecidas en Resolución NAC-DGERCGC16-00000152 publicada en el S.R.O. 733 del 14 de abril de 2016.


Formatos y anexos

 


Guías e instructivos

 

 

 

Seguimiento de trámites

 

Si desea conocer el estado de su trámite de devolución de impuestos acceda a nuestros canales de atención:

CANAL TELEFÓNICO 

Llame al 1700 SRI SRI (1700 774 774), o a las líneas fijas 04 3805 920 y 03 2998 100 a escala nacional. 

CANAL PRESENCIAL 
Los centros de atención están a disposición de los contribuyentes en las 24 provincias del Ecuador, brindan información y asistencia para la gestión de sus trámites tributarios. 

CANAL AUTOMÁTICO  
SRI en línea (Portal transaccional). 

Consulte el estado de su trámite en el portal transaccional SRI en línea siguiendo la ruta: "Trámites y Notificaciones" / "Notificaciones" /  "seguimiento de trámites" o dando clic aquí.   

 

Quejas, Sugerencias y Felicitaciones

 

Si cuenta con iniciativas o propuestas para mejorar la calidad de los procesos, productos y servicios, o desea reportar algún inconveniente presentado con el Servicio de Rentas Internas hágalo a través del siguiente enlace.