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Registro Único de Contribuyentes (RUC)

Personas Naturales

¿Qué es

y para qué sirve?

¿Cómo se

conforma?

Tipos de

contribuyentes

Base legal

y preguntas frecuentes

Guías


Inscripción

de RUC

Actualización

de RUC

Suspensión

de RUC

Certificados


Quejas,

Sugerencias
y Felicitaciones

¿Qué es y para qué sirve?
 
Es un instrumento que tiene por función registrar e identificar a los contribuyentes con fines impositivos y proporcionar esta información a la Administración Tributaria. 
 
Sirve para realizar alguna actividad económica de forma permanente u ocasional en el Ecuador. Corresponde al número de identificación asignado a todas aquellas personas naturales y/o sociedades, que sean titulares de bienes o derechos por los cuales deben pagar impuestos.
 

Ciclo del contribuyente

 

Inscripción en el RUC
Emisión de comprobantes de venta (ver más)
Declaración de impuestos (ver más)
Pago de impuestos (ver más)
Exigir mis derechos (ver más)

 

Base de datos del Registro Único de Contribuyentes

Visualice este y otros catastros en el menú principal del portal web, sección Catastros.

Clasificador Internacional Industrial Único

Desde el lunes 29 de junio de 2015 el Clasificador Internacional Industrial Único (CIIU) se actualizó a la versión 4.0 séptimo nivel.

Descárguelo del siguiente enlace CIIU Clasificador Internacional Industrial Único.

 

¿Cómo se conforma?

 


Personas naturales ecuatorianos y extranjeros residentes:

 
Sociedades privadas y extranjeros no residentes (sin cédula de identidad):
 
  • Dos primeros dígitos: código de la provincia donde se emite el número de RUC.
  • Tercer dígito: siempre es 9.
  • Del cuarto al décimo dígito: son números consecutivos.
  • Los últimos tres dígitos serán 001.
 
 
Sociedades públicas:
 
  • Dos primeros dígitos: código de la provincia donde se emite el número de RUC.
  • Tercer dígito es 6 o 9.
  • Del cuarto al décimo dígito: son números consecutivos.
  • Los últimos tres dígitos serán 001.

 

Tipos de contribuyentes

 

Personas naturales

Son personas nacionales o extranjeras que realizan actividades económicas lícitas y pueden o no estar obligadas a llevar contabilidad. 

 

Obligados a llevar contabilidad

Deben cumplir con lo establecido en el Art. 37 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno.

 

Contribuyentes obligados a llevar cuentas de ingresos y egresos

Deben cumplir con lo establecido en el Art. 38 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno.


 

La persona natural puede declarar sus impuestos bajo los siguientes regímenes

 

 

Régimen general

Las personas naturales que realizan alguna actividad económica están obligadas a inscribirse en el RUC, emitir y entregar comprobantes de venta autorizados por el SRI por todas sus transacciones y presentar declaraciones de impuestos de acuerdo a su actividad económica.
 
Declarar significa notificar al SRI sus ingresos y egresos y así establecer el impuesto a pagar. Usted puede realizar sus declaraciones a través de la opción Servicios en Línea en la página web del SRI www.sri.gob.ec.
 
Este servicio está habilitado las 24 horas durante los 365 del año.
 
 

Régimen Simplificado Para Emprendedores y Negocios Populares – RIMPE

RIMPE – Emprendedores RIMPE - Negocios populares
Personas naturales y jurídicas con ingresos brutos anuales de hasta USD 300.000 (al 31 de diciembre del año anterior). Personas naturales con ingresos brutos anuales de hasta USD 20.000 (al 31 de diciembre del año anterior).
 
Nota: son ingresos brutos aquellos gravados percibidos por el contribuyente, menos descuentos y devoluciones.
 
 

 

 

Inscripción de RUC

 

Ingrese sus datos para obtener su número de RUC e iniciar actividades económicas dando clic aquí.

Para realizar este trámite se podrá optar por los siguientes canales de atención:

 
CANAL AUTOMÁTICO
SRI en Línea (Portal Transaccional)
Para inscribir su RUC acceda con su clave al portal transaccional SRI en Línea.
 
Acceda aquí para realizar automáticamente sus trámites en el SRI.

CANAL SECRETARÍA VIRTUAL
SRI en Línea (Portal Transaccional)
Recuerde que puede inscribir su RUC accediendo con su clave al portal transaccional SRI en Línea

Realice estos trámites desde la secretaría virtual (Ingreso de trámites)

  • Persona natural extranjeras no residentes y residentes
  • Artesanos
  • Contadores en relación de dependencia
  • Contador CBA
  • Diplomático
  • Profesional
  • Actividades educativas
  • Menores no emancipados y emancipados
  • Notarios
  • Transportistas
  • Guarderías o centros de desarrollo infantil


CANAL PRESENCIAL 
Puede acudir al centro de atención de su preferencia, verifique aquí las agencias habilitadas a nivel nacional.
 
Requisitos
Revise los requisitos, para personas naturales que serán de mucha ayuda para solicitar el RUC a través de los canales habilitados para realizar el trámite haciendo clic aquí.
 
 
 

 

Actualización de RUC

 

Actualice información de su RUC (nombre comercial, dirección, medios de contacto, cierre de establecimientos, tipo establecimiento e información del contador) dando clic aquí.

Para realizar este trámite se podrá optar por los siguientes canales de atención:

 
CANAL AUTOMÁTICO
SRI en Línea (Portal Transaccional)
Para actualizar su RUC acceda con su clave al portal transaccional SRI en Línea.
 

Acceda aquí para realizar automáticamente los siguientes trámites:

  • Agregar o eliminar actividades económicas, excepto actividades de transporte
  • Abrir o cerrar establecimientos
  • Nombre comercial
  • Datos del contador
  • Medios de contacto
  • Registro de dirección del domicilio
  • Agregar o eliminar títulos profesionales

CANAL SECRETARÍA VIRTUAL
SRI en Línea (Portal Transaccional)
Recuerde que puede actualizar su RUC accediendo con su clave al portal transaccional SRI en Línea

Realice estos trámites desde la secretaría virtual (Ingreso de trámites)

  • Persona natural (Régimen General)


CANAL PRESENCIAL 
Puede acudir al centro de atención de su preferencia, verifique aquí las agencias habilitadas a nivel nacional.
 
Requisitos
Revise los requisitos, para personas naturales que serán de mucha ayuda para solicitar el RUC a través de los canales habilitados para realizar el trámite haciendo clic aquí.

 

 
 
 

 

Suspensión de RUC

 

Si una persona natural diere por terminada temporalmente su actividad económica, deberá informar la suspensión de su registro en el RUC, dentro de los siguientes (30) treinta días hábiles de cesada la actividad, lo cual determinará también que no se continúen generando obligaciones tributarias formales dando clic aquí.

Para realizar este trámite se podrá optar por los siguientes canales de atención:

 
CANAL AUTOMÁTICO
SRI en Línea (Portal Transaccional)
Para suspender o cancelar su RUC acceda con su clave al portal transaccional SRI en Línea.
 
Acceda aquí para realizar automáticamente sus trámites en el SRI.

CANAL SECRETARÍA VIRTUAL
SRI en Línea (Portal Transaccional)
Recuerde que puede suspender o cancelar su RUC accediendo con su clave al portal transaccional SRI en Línea

Realice estos trámites desde la secretaría virtual (Ingreso de trámites)

  • Ecuatorianos y extranjeros
  • Ecuatorianos fallecidos


CANAL PRESENCIAL 
Puede acudir al centro de atención de su preferencia, verifique aquí las agencias habilitadas a nivel nacional.
 
Requisitos
  • Suspensión y/o Cancelación  Ver requisitos
  • Requisitos para trámites realizados por terceros Ver requisitos
  • Solicitud de Suspensión y/o Cancelación de Personas Naturales Ver solicitud
  • Guía para el contribuyente – llenado de la solicitud de suspensión / cancelación del RUC de personas naturales Ver solicitud
  • Autorización a terceros en línea Generar Certificado
 
 
 

 

Certificados

 

Puede obtener los siguientes certificados:

 

  • Certificado de RUC

  • Certificado de establecimientos

  • Certificado de suspensión de RUC

  • Sin actividad económica

  • Históricos

Ingrese en el siguiente enlace.

 

Quejas, Sugerencias y Felicitaciones

 

Si cuenta con iniciativas o propuestas para mejorar la calidad de los procesos, productos y servicios, o desea reportar algún inconveniente presentado con el Servicio de Rentas Internas hágalo a través del siguiente enlace.